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Nuevos Paradigmas para la Administración de Justicia en una sociedad cambiante
Enrique De Rosa Alabaster Amparo Casabellas Alconada
“La interrupción, la incoherencia, la sorpresa son las condiciones habituales de nuestra vida. Se han convertido incluso en necesidades reales para muchas personas, cuyas mentes solo se alimentan […] de cambios súbitos y de estímulos permanentemente renovados […] Ya no toleramos nada que dure. Ya no sabemos cómo hacer para lograr que el aburrimiento dé fruto. Entonces, todo el tema se reduce a esta pregunta: ¿la mente humana puede dominar lo que la mente humana ha creado?”. Paul Valéry.[1]
I. Descripción del tema. Situación actual de la sociedad [arriba]
a) La transformación de la sociedad como causa de la necesidad de repensar la Justicia
En la década del treinta, luego de la caída de Wall Street, Hopper retrató la desolación americana en sus cuadros, en los cuales se ven únicamente individuos aislados en el campo o en la ciudad. Una de sus obras más conocidas tiene por nombre “Autómata”. Hoy las personas estamos igual de aisladas -o más- que en ese entonces, aunque -a diferencia de esa época- vivimos en contacto permanente con el otro, con la intimidad del otro, con la imagen del otro, con la información del otro, con el ruido del otro. Pareciera que vivimos juntos, pero cada uno con un “cono del silencio” individual.
Esa transformación de la sociedad de masas[2] -en la que vivíamos- en una sociedad de individuales[3] -en la cual sobrevivimos hoy- ha generado nuevos e inimaginables comportamientos sociales, debido a que el ser humano actual se encuentra atravesado por cientos de estímulos nuevos que interrumpen, alteran y potencian su existencia, tales como la Internet, las redes sociales, la informatización de las gestiones comerciales, bancarias, administrativas o cotidianas, la digitalización de nuestra vida íntima, el uso indebido de la imagen propia y ajena, la desaparición de la privacidad, el acceso público a expedientes de cualquier actor o demandado y, el peor de los males, la inconexión que genera la sobrecomunicación; todos ellos, comportamientos desarrollados y perfeccionados en la nueva forma de existir del hombre, que es el aislamiento en contacto permanente con el otro, lo que ha generado un oxímoron, es decir, la unión de dos significados opuestos que originan un nuevo sentido. Ese nuevo sentido de la existencia, inesperado, dramático, violento, aún no fue abordado por los hombres que hacen el derecho. Por lo tanto, mientras ello no suceda, mientras no haya un verdadero cambio de paradigma, la noble tarea de administrar justicia será una actividad cada vez más imposible.
b) Información y Paradigma
Como decíamos, vivimos en sociedades que están en constante cambio y, en las últimas décadas, esa modificación se ha acelerado vertiginosamente. Estas transformaciones sociales generaron nuevas modalidades en las relaciones humanas, las cuales, finalmente, terminaron siendo llevadas al plano judicial como instauradoras de la norma. Varios indicadores desde los campos de la Antropología social, la Sociología, la Psicología social y la Psiquiatría dan cuenta de ello. Estas manifestaciones obligan a reconsiderar un cambio de paradigmas, es decir de modelos de conceptualización de la realidad para poder, primero, comprenderla y, luego, actuar adecuadamente. En realidad, esto es una de las tantas áreas donde la aceleración de los tiempos históricos y sociales se percibe más claramente en la multiplicidad y saturación de la información.
Por otra parte, la información y el modo en que la recibimos generan relatos e imágenes de la realidad -conceptos que podríamos llamar paradigmas- sobre los cuales apoyamos nuestras decisiones. Esta formación ha sido, en las carreras tradicionales, la capacitación, la experiencia y puesta en práctica de esos conocimientos.
La demanda de la sociedad hacia un denominador tan amplio como indeterminado, como lo es “la justicia”, ha crecido de manera notable habiéndose visto esto incrementado en los últimos años y, en particular, en nuestro medio nacional por el impacto de las diferentes tecnologías que permiten un acceso a la información totalmente nuevo, diferente y que genera la ilusión del conocimiento. Esa denominación, “la justica”, excluye en su vaguedad y ambición las características reales del poder judicial de responder a la misma y, en particular, a quienes lo integran por la propia y evidente razón de ser seres humanos y no entidad o valores indeterminados.
Los medios de información, pero aún más en particular los modos de información, han modificado el mensaje en sí mismo. Los medios han dejado de ser eso, “medios”, para ser el objeto en sí mismo. Ya se repite desde hace décadas la máxima del filósofo Herbert Marshall McLuhan: “El medio es el mensaje”, máxima aplicada en particular a la publicidad, pero ajustable también a diversas áreas de la comunicación.
De esa manera, por ejemplo, la sociedad ha trasladado el escenario -y por lo tanto se ha modificado el mensaje- de los debates judiciales, que deben darse en los estrados (entre las partes, el juez, los abogados y los auxiliares de la justicia), a los medios de comunicación e Internet, con el peligro que ello conlleva para la administración de la justicia y para la idea de la justicia en sí misma, ya que se desnaturaliza el proceso judicial para convertirse en un espectáculo de opiniones no formadas, lo que implica la desvalorización de la justicia y la legitimación del uso de la violencia como nueva forma de relacionamiento.
c) Sesgos, distorsiones cognitivas
La cognición es la concepción dada por pensamientos expresados de las más diversas formas respecto a algo, alguien o alguna situación. Usamos también frecuentemente las expresiones mapa cognitivo o esquema cognitivo para definir una idea más amplia y abarcadora. Al ser ello una construcción, se incluirán, naturalmente, factores previos del individuo, tales como su historia y su aprendizaje, junto a la experiencia nueva, que es evaluada en relación a ese bagaje anterior y, por ende, modificada según este. Es decir que no hay una realidad absoluta, sino visiones de la misma, lo cual no implica relativismo en términos filosóficos, sino que la información es percibida y, luego, procesada antes de llegar a una conclusión y, en ese proceso, suceden diferentes eventualidades.
La misma cosa puede verse de manera diferente; se pueden mostrar ilusiones ópticas. No hay una realidad fija. Los puntos de vista son valoraciones.
La distorsión cognitiva son visiones -planteándolo en un reduccionismo, pero útil a los fines de este artículo- erróneas de la realidad, parcial o con cargas emotivas que modifican su proceso y le dan otra interpretación. Algunas de ellas son la generalización, la abstracción selectiva, o la personalización, situaciones en las cuales tomamos una parte de la información y le damos un proceso que lo aleja de la realidad. Concretamente, es como si la vara o el mapa con el que evaluamos el mundo fuera el erróneo.
Tomemos un ejemplo cotidiano: un señor escribe algo en su navegador satelital, por ejemplo, “La Pampa” y se encuentra en la Provincia de Santa Fe. El navegador, por alguna razón, lo envía por rutas hacia el norte o, peor, no encuentra las vías habituales de acceso. En verdad, el hombre no tiene cargados los mapas de la Argentina en su GPS o tiene algunos muy antiguos. Cualquiera sea el caso, ese individuo no tiene los elementos previos correctos -o sí los tiene, pero son erróneos- para evaluar la información y la procesa erróneamente dando una respuesta, pero esa respuesta es, naturalmente, errónea y aunque la idea es que “la maquina” no se equivoca, en este caso el mapa, la cognición sí.
En el mismo ejemplo, el hombre ahora introduce la búsqueda en un navegador, pero de Internet y, lamentablemente, todos sabemos lo que ocurre: inmediatamente a su teléfono le comienzan a llegar ofertas de pasajes y de hoteles en ese lugar. Sin embargo, el hombre no ha tenido ni ha escrito ninguna conversación sobre el tema en su celular. El problema es que él cree tener un teléfono en lugar de una ventana al mundo. Esto introduce un cambio paradigmático en el que el individuo está solo, pero, al mismo tiempo, está conectado o hiperconectado, con lo cual se crean percepciones falsas, es como-si. De esa misma manera, el individuo también tiene percepciones erradas o sesgadas de muchas otras cosas.
En este mundo de percepción y procesos de información -y al mismo tiempo de estar tan hiperconectados, como invadidos por la información- es en el que se desarrolla la misma tarea desde el origen de las civilizaciones, cual es la de encontrar lo correcto de lo que no lo es, la norma, de la desviación de la misma.
Dentro de ese mundo cambiante y de realidades aparentes, se le pide al Magistrado que dé respuestas, que tome decisiones que sean rápidas y que sean las correctas, sin posibilidad alguna de error, aunque eso, por definición, genera el error. Y estas respuestas, asimismo, son evaluadas por quien solicita o exige esa respuesta con otro marco referencial.
Pero esa multiplicidad de información le da al individuo un poder -o sensación del mismo- y de conocimiento que lo lanza hacia una cultura del individualismo versus la versión en la que prima lo social o, más claramente, es decir él, inserto, y parte de un mundo (no elemento ajeno y extraño). Aquí, son claras las distorsiones cognitivas: un “todos o nadie” generalizador que en su crítica lo excluye a él mismo. Si el otro es vivenciado como otro ajeno, y hostil, inevitablemente cargará con aspectos proyectados y temibles de mi propia personalidad. ¿Si los otros son el infierno, cómo vivir en el mismo, si el otro es ajeno y enemigo? Sin duda, en este contexto, se puede apreciar la confluencia de conflictos no resueltos desde la infancia y la traslación de ello a la justica. Esto es particularmente visible en el área penal, pero también en otras como lo son los habituales conflictos de vecindad.
Este fenómeno de modo de información y luego proceso de la misma con sesgos hace que con esa percepción de lo que “la justicia” debe responder se envíe hacia el Poder Judicial una demanda que lo excede, y debe explicar -y explicarse- en principio en temas muy básicos como, por ejemplo, la diferencia entre la Administración de justicia y la Justicia como concepto amplio. En este criterio extendido del término y la cognición -la información asociada al mismo-, no es extraño entonces que hasta se le exija a los Magistrados asegurar la seguridad y prever los comportamientos que revisten conductas antijurídicas, todo lo cual es materialmente imposible, además de no ser sin duda la función del Poder Judicial.
En caso de estar el individuo al tanto del fallo, y que el mismo no satisfaga sus deseos o fantasías o concepciones de lo justo, lo bueno, lo ético, y demás términos asociados a la idea de aquello que considera como correcto, sentirá que no se ha hecho justicia o que no hay justicia o, peor aún, que la justicia no cumple su rol. Y en este instante, es cuando el Magistrado, en su individualidad como persona, es puesto en cuestión.
Así, el Magistrado, ya no es visto como un individuo de la sociedad en un cargo, sino como un otro ajeno a la misma y en el cual se depositan una serie de expectativas, demandas y particularmente frustraciones. En el orden, llamémosle, previo o anterior, la división del Poder Judicial en fueros y la aplicación de los diversos códigos permitía la administración de justicia y los roles estaban relativamente claros, pero eso ya no existe en una sociedad que construye la realidad a partir del relato mediático -y hoy además por las redes sociales- y en la cual la figura de la ley, como orden paterno en términos simbólicos, los términos (justicia p. ej.) y la aplicación de los mismos, se manejan en un territorio en que los límites son difusos. Esto es lo relativo a lo que filósofos y sociólogos han presentado como anomia o sociedades líquidas (Bauman).
Contener esa realidad líquida, esa demanda surgida de diversos factores, pero muchos intangibles e inabarcables como la propia historia personal, son terreno de lo ficticio. Aún así se le reclama al Magistrado. El sistema judicial, entonces, ha pasado a ser el culpable o el responsable de todo. El juego ha pasado a ser el de los absolutos: todo o nada. Y ese sistema judicial está compuesto por personas que tienen una experiencia y un cargo, pero que son iguales a los otros y que tratarán, con todos los medios que poseen, de llevar adelante lo más dignamente su tarea.
Es decir, han cambiado los marcos conceptuales, los moldes con los cuales uno podía evaluar y actuar sobre la sociedad. Este es el cambio de paradigmas porque la cuestión principal es que se le reclama -y si eso corresponde a la idea que el propio funcionario tiene de su función- en virtud, de ahora sí, su propia estructura cognitiva.
d) Miradas parciales de la realidad y desde dónde se ve: ¿de la ley a los hechos o a la inversa?
Podemos decir que la realidad es un gran edificio artificialmente dividido por mamparas o paredes virtuales, en el cual, al igual que en realidad, el agua se va filtrando por todos lados. En nuestra sociedad líquida, ya no son compartimientos estancos, sino permeables y por momentos es muy difícil establecer los límites. Desde ese escenario cambiante, en el cual ha quedado distorsionada la visión del individuo sobre uno mismo y respecto del otro, se ve la realidad o, mejor dicho, no se ve la realidad, ya que uno de los problemas sociales actuales es la mirada parcial de la realidad.
En este contexto, la pregunta obligada es si podemos seguir entonces partiendo de la ley hacia la conducta, o en realidad, debemos partir de la conducta social a la norma. Efectivamente, necesitamos partir del comportamiento hacia la norma, es decir adaptar la realidad a los compartimentos estancos, ya que el fenómeno humano no conoce límites y la sociedad móvil o cambiante obliga al cambio de modelo para procesar la misma.
e) Idea del Juez como Hércules o superhéroe no humano
En esta transformación social que ha generado también el cambio de valores sociales, se le exige a los Magistrados que se hagan cargo de algo tan imposible como es sin más ni menos la ruptura del contrato social, es decir que se ocupen de recuperar la idea de la justicia, como si se tratara de agentes extraños y no de ciudadanos dentro de la misma sociedad que implora justicia. Como decíamos antes, es claro que los Jueces deben ocuparse de la administración de la Justicia, pero no es su tarea la recomposición de la valoración de la justicia. Esa es una labor de toda la sociedad. Los ciudadanos no advierten que es un trabajo de todos, es decir del Poder Judicial y de quienes nos quejamos por su mal funcionamiento.
Dentro de esa visión distorsionada de la realidad, se espera que los Magistrados sean superhéroes encargados de resolverlo todo, algo que es imposible porque son humanos, al igual que los justiciables. Por otra parte, dificulta su tarea de impartir justicia, las circunstancias ineludibles de tener que continuar el trabajo iniciado por otros y que a su propio trabajo también lo continuará otro. Gargarella introduce, al recordarnos la idea de Dworkin sobre la analogía entre la tarea de los Magistrados de interpretar el derecho y la de construir una catedral, considerando ambas como un trabajo colectivo o una imperfecta construcción común, la noción de una “catedral bombardeada” y la explica de la siguiente manera: “La catedral del derecho latinoamericana se parece más bien a una catedral de post-guerra, bombardeada, con paredes por completo deshechas, todos los cristales de las ventanas destruidas, su cúpula descabezada pero, aún así, y a pesar de todo, con sus pilares básicos aún sobre sus pies, con una estructura definida, con ciertas líneas claras que nos permiten distinguir de qué tipo de obra se trata. Su discontinuidad característica -típicamente, cortes que se suceden unas a otras, gobierno a gobierno, cada una con una composición diferente de la anterior; saltos entre tipos y estilos de administración, casi opuestos entre sí- explica en parte las variaciones drásticas, a veces dramáticas, de ciertas líneas de su jurisprudencia. A la vez, todo ello resulta agravado por la existencia de recurrentes golpes de estado, durante el siglo xx, que implicaron violentas, gravísimas rupturas en las formas y contenidos del derecho. Pocas dudas caben, entonces, de que nuestra catedral es visible y reconocible en sus rasgos básicos, pero también de que ella se encuentra muy golpeada, en partes completas destruida”.[4]
f) Desgaste profesional (burnout) en la justicia como indicador de una situación de emergencia
Nuestras sociedades están compuestas hoy por grupos de individuos “quemados” con cuidadores “quemados”. Así las cosas, no hay duda que el operador, el funcionario judicial, se ve afectado en forma permanente por este creciente malestar social -el cual se manifiesta de un modo cada vez más violento- que atribuye a los Magistrados la responsabilidad por mal funcionamiento de la justicia. Ello repercute en forma directa en el hábitat de los operadores del Poder Judicial. Si a todo ello le sumamos los problemas edilicios, de insumos, de falta de tiempo e incluso las permanentes y ruidosas manifestaciones que se realizan en las puertas de los tribunales, el estrés de los funcionarios escala a niveles muy elevados, todo lo cual atenta en forma directa contra la posibilidad de trabajar, ya no de trabajar bien, sino de trabajar, es decir que atenta contra la administración de justicia, instaurando un modelo de ineficiencia y, por lo tanto, genera la necesidad de cambiar el paradigma hacia una fórmula de eficiencia. Estamos, en consecuencia, ante una situación de emergencia.
a) Repensar la justicia. Adaptar el derecho al tiempo fluido
Es urgente la necesidad de readaptar el derecho a un tiempo fluido, pero ¿es posible remodelar la justicia bajo la estructura de un molde efímero? Borges nos recordaba, cuando todavía no existían Internet ni las cámaras digitales, el desenfreno de las personas por tomar fotografías ya que, si no registraban los momentos, sentían no haberlos vivido. En el mundo de hoy, en el cual la existencia se encuentra atravesada por los celulares, las computadoras, las pantallas, la sobre-comunicación y los sonidos, los cuales han creado un estado permanente de interrupción al pensamiento, la introspección y la tranquilidad, las personas, primero, capturan o graban momentos para exhibirlos, simular lo que no son o no han vivido, opinar sobre la vida del otro o, lo más común, para agredir y, luego, en todo caso, existen. ¿Existen? Para los existencialistas, la muerte no existe porque, si la muerte es, yo no soy y, si yo existo, la muerte no es. ¿Podemos existir en el mundo moderno? ¿Si el mundo moderno existe, nosotros podemos ser? Esa misma voracidad malsana provocada por el aburrimiento y el vacío que generan la interrupción permanente de la existencia modificó la condición humana, la volvió más violenta e intolerante, más peligrosamente emocional y más reaccionaria y se trasladó hacia los actos de la vida civil, obligándonos a repensar el viejo concepto de justicia.
b) El abogado como médico social
En medio de ese gran caos llamado transformación social, nos preguntamos cómo debe pensar hoy un Juez e, inmediatamente, si la justicia sigue siendo solo para abogados y nos contestamos rápidamente que no, así como la salud no es solo para los médicos.
Veamos, por ejemplo, el médico psiquiatra representa una profesión en la cual los profesionales son médicos de personas y muy habitualmente se encuentran con problemas que exceden ampliamente la esfera de acción del médico, en los cuales el concepto de persona que sufre, que se encuentra en la situación de víctima de algo, es decir ya algo no ligado a una enfermedad individual, sino a un conflicto más amplio que toca lo social, hace necesario -y es más diríamos indispensable, aún más, ineludible- la intervención de un agente en una instancia que pueda introducir orden y autoridad en ese desorden. Cuando hablamos de medicina, de enfermedad aún más, en particular en el ámbito de la salud mental, en el ámbito de la psiquiatría, estamos hablando ni más ni menos que de la noción de desorden.
El médico que busca ayudar y es agredido, atacado, acuchillado en una sala de guardia, no puede ya quedarse en su saber, en lo que aprendió en la facultad o aún en la residencia o especialización porque de nada le sirve. Está obligado a hacer intervenir otra instancia, aún cuando sea celoso de su ámbito de poder, debe pedir ayuda a la policía o a un fiscal para que se instauren medidas de orden. Nos ha tocado participar de esa transición y era interesante ver cómo se trató de abordar esto desde los instrumentos conceptuales que tiene la salud, que era la de grupos de trabajo y buscar soluciones, pero no podían venir de la misma mente que los había conceptualizado.
El concepto de salud actualmente no es el de aplicar los libros y los tratados como lo hiciera el médico del enfermo imaginario de Molière, sino el de lograr un resultado y lo mismo sucede con la justicia.
La gente va un consultorio pidiendo “solo quiero estar bien” y ese concepto de bienestar es tan amplio que se vuelve imposible. Sin embargo, genera una serie de demandas y conflictos que se trasladan en muchos casos a la instancia legal. Se les exige más que medios, resultados, y a los juristas, en particular, resultados. Ello es porque la gente supone al Magistrado y al médico por fuera de la realidad y de las inclemencias de la vida, cuando son por su práctica profesional -y seguramente porque sus experiencias vitales los han hecho elegir esta vía- quienes más expuestos están a ellas.
Cuando hoy un médico psiquiatra tiene una consulta típica, ella incluye semanalmente casi todos los fueros del derecho, el civil, el laboral, el penal y, muchas veces, todos ellos en la misma consulta. Por eso, el trabajo debe realizarse ya no solo interdisciplinariamente, sino en equipo con abogados y más ampliamente diríamos con la idea de alguien que pueda ordenar ese desorden que está inserto en una matriz de mantenimiento del conflicto. ¿Por qué destacamos no interdisciplinariamente? Porque es un concepto que de tan utilizado ha quedado reafirmando la diferencia, como cuando decimos psicosomático, ya estamos estableciendo que hay una psiquis y un soma.
En el sistema jurídico entonces, debemos pensar al abogado como un médico social, alguien que establece el orden en el contexto de lo social. No una figura ajena a lo social, sino alguien dentro de la sociedad que de golpe pone orden. Ahora, si es vivido como un organismo extraño, se lo rechaza. Eso es lo que pasa hoy con la gente cuando habla de la justicia, entendiendo como tal a los jueces y funcionarios, cuando se dice que todos son corruptos o que nadie hace nada, y el planteo es empezar a darnos cuenta que todos estamos en el mismo barco y que tenemos que estar en la misma dirección y que alguien tiene que administrar la justicia. Pensar al abogado como instalador del orden en lo social conllevará cambios en lo personal, en lo familiar y en lo individual, tal como ocurre en la práctica médica.
c) Nuevos esquemas o paradigmas en la toma de decisiones para la justicia
En este contexto en el que la sociedad se encuentra atravesada por cuestiones de índole jurídico y legal, sin saberlo, la posibilidad de aplicar modelos rígidos es difícil y por momentos azaroso. Así, por ejemplo, el mismo personaje que presenta en su camino una conducta que impactaría en un ámbito laboral, lo podrá hacer también en el fuero civil y/o en el fuero penal. La posibilidad en este contexto de la conexión desde la persona y no desde el fuero, presentaría grandes ventajas para el Poder Judicial tanto respecto de la economía procesal como de la eficiencia y, desde ya, significaría una gran mejora para la sociedad.
Todos estos cambios no pueden subsanarse como hasta ahora, con correcciones que terminan siendo interminables, sino a través del cambio del paradigma de un estadio rígido a uno necesariamente más fluido y dinámico.
En este contexto, la dificultad para el magistrado en la administración de justicia es significativa, puesto que se encuentra en cada una de sus decisiones, literalmente, frente a un escenario de teatro, cual es la realidad de nuestra sociedad actual, en el cual habitan el caos, lo inesperado, sus personajes y el drama. Estamos tratando temas que antes pertenecían a la literatura.
d) Mejorar la comunicación entre los Magistrados y la ciudadanía
No somos seres tan racionales como creemos, por lo tanto, los Magistrados, en este mundo actual, deben adaptarse al cambio de paradigma social para poder administrar justicia en los nuevos tiempos tan cambiantes. Para ello, es fundamental mejorar la comunicación con la sociedad. El Juez ya no puede hablar solo mediante sus sentencias: no puede seguir ocupando un lugar en el cual un ciudadano deba seguir rindiéndole pleitesía. Deben explicarse mejor los conceptos jurídicos clave para evitar agregarle mayor confusión de forma a la ya reinante confusión de fondo. Ello evitaría muchísimos malos entendidos y crispaciones sociales. Pongamos un ejemplo cotidiano: se suele confundir el rechazo de una prisión preventiva con un sobreseimiento. La gente sale a las calles a gritar creyendo que se declaró inocente a una persona, cuando únicamente se decidió que podía esperar el desarrollo del proceso, mediante el cual será declarado culpable o inocente, sin perder su libertad en forma previa.
Es fundamental, asimismo, la adaptación del lenguaje jurídico a un léxico coloquial que no aleje a los justiciables de los estrados sino, por el contrario, que los acerque y atraiga. Lejos debe quedar esa estructura antigua, anquilosada y anacrónica de latinismos jurídicos que excluyen a los ciudadanos de lo que debiera ser la fácil comprensión de la lectura de una pieza jurídica.
La justicia debe bajar al nivel de la gente, no debe la gente elevarse a la altura de la justicia para poder pedirla o pretenderla.
Lo que se le pide esencialmente al Poder judicial, la Administración de Justicia confundida por la ciudadanía con “la justicia”, es una decisión, la posibilidad de reinstalar una norma que se ha perdido y esto implica primordialmente una determinación. Para ello, nuestro planteo consiste en poder elaborar la forma mediante la cual debe realizarse la toma de decisiones y determinar los elementos confluyen en esa decisión, ya que los hay desde de tipo jurídico y social hasta neurobiológicos y cognitivos. Ello requiere de una capacitación constante, en la cual hasta el modelo de la misma ya no es el enciclopédico o académico, sino un aprendizaje en el terreno eternamente cambiante. La importancia de esta toma de decisiones es que conllevarán consecuencias que también deben estar perfectamente asumidas al momento de realizarlas.
La propuesta es de dos caminos: uno, la capacitación y, el otro, la evaluación de esa capacitación. Ambas deben revestir la característica de ser continuas, de aportar un soporte de consulta y asesoramiento externo y constante y que, al mismo tiempo, al instar a partir de nuevos paradigmas, se ajusten a la sociedad cambiante, sin por ello caer en la anomia o la tiranía de la misma.
Este trabajo de salir de la rigidez al sometimiento frente a la demanda externa, es el reto que hoy se les plantea a todos los funcionarios, en particular a los Magistrados del Poder Judicial. La propuesta entonces, es comenzar un trabajo que no tendrá un objetivo fijo, es decir no establecer un objetivo, sino un camino, en el cual la adaptación sea constante y permita así guardar el nexo ineludible de ser parte de esa sociedad y restablecer, por ende, desde el lugar de parte y no de ajeno, el orden jurídico, que es lo que la sociedad hoy demanda a la magistratura.
La tarea de quienes deben llevar la instrumentación de la norma a las conductas humanas a lo social presenta nuevos retos y de mayor complejidad. La rapidez en los cambios se ve incrementada de manera exponencial y no parece ya que la experiencia pueda existir sin una capacitación que parta de lo experimentado a la traslación de eso mismo en el mundo de lo real y lo tangible.
Para este fin, es necesaria la capacitación, pero de otro modo que el tradicional, en la cual la búsqueda sea el cambio de paradigmas y no la incorporación de nueva información en lo moldes conceptuales viejos.
Es de suponer que el lugar del jurista, en el ordenamiento social futuro, sea cada vez de mayor importancia y necesidad. Por lo tanto, debemos comenzar la tarea de cambiar el paradigma en forma inmediata.
Delgado, Federico y De Elia, Catalina. "La cara injusta de la justicia”. Editorial Paidós. Argentina, 2016.
Doppelt, Gerald. "Kuhn's Epistemological Relativism: An Interpretation and Defense." Inquiry 21 (1978): 33-86.
Kuhn, Thomas S. The Structure of Scientific Revolutions. Chicago: University of Chicago Press, 1996.
Laudato Si’ Del Santo Padre Francisco sobre El Cuidado de la Casa Común. http://w2.vatican.v a/conten t/francesco/e s/encyclicals/d ocument s/pap a-franc esco_20 150524_en ciclica-l audato-si.html
Herskovits, Melville J. El hombre y sus obras, 2002. Fondo de Cultura Económica de España ISBN: 9789681607371.
Panizza, Francisco (compilador). "El populismo como espejo de la democracia". Soledad Laclau (trad.). Fondo de Cultura Económica, Argentina, 2009.
Sabsay, Daniel. Propuestas de políticas públicas para el mediano y largo plazo. La Argentina Estructural. Justicia. Edicon, 2018.
Sloterdijk, Peter, Extrañamiento del mundo, Editorial Pre-textos, Valencia, 2001.
Bauman, Zygmunt. Modernidad líquida. Buenos Aires. Fondo de Cultura Económica. 1999.
1. Delgado Federico y De Elia Catalina. "La cara injusta de de la justicia”. Editorial Paidós. Argentina 2016.
2. Doppelt, Gerald. "Kuhn's Epistemological Relativism: An Interpretation and Defense". Inquiry 21 (1978): 33-86.
3. Kuhn, Thomas S. The Structure of Scientific Revolutions. Chicago: University of Chicago Press, 1996.
4. Laudato Si’ Del Santo Padre Francisco sobre el Cuidado de la Casa Común. http://w2.vatica n.va/ content/fr ancesco/e s/encyclical s/documen ts/papa-francesco_2 0150524_en ciclica-l audato -si.html.
5. Melville J. Herskovits. El hombre y sus obras, 2002, Fondo de Cultura Económica de España. ISBN: 9789681607371.
6. Panizza Francisco (compilador). "El populismo como espejo de la democracia". Soledad Laclau (trad.). Fondo de Cultura Económica, Argentina, 2009.
7. Sabsay Daniel. Propuestas de políticas públicas para el mediano y largo plazo. La Argentina estructural. Justicia. Edicon, 2018.
[1] Citado por ZYGMUNT BAUMAN en “Modernidad líquida.” Buenos Aires. Fondo de Cultura Económica. 1999.
[2] SLOTERDIJK, PETER. “Extrañamiento del mundo”. Editorial Pre-textos, Valencia, 2001.
[3] “Society of individuals”. Término de Norbert Elías.
[4] Gargarella, Roberto. “Entre la novela en cadena, la catedral y la catedral bombardeada”. De su blog Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política. 15/07/2016. https://www.m dzol.c om/opinion /683479- entre-la-nov ela-en-cad ena-la-cat edral-y-la-ca tedr al-bombard eada/.