Un nuevo instrumento internacional de orientación jurídica para los contratos de producción agrícola: la guía jurídica sobre agricultura por contrato UNIDROIT/FAO/IFAD
Mestre, Frédérique 20-03-2019 - Un modelo de buenas prácticas para la agricultura por contrato. La tarea de UNIDROIT
Sumarios
La “agricultura por contrato” es la producción agrícola realizada de conformidad a un acuerdo entre el agricultor y el comprador, donde se establecen las condiciones de la producción y comercialización de los productos agrícolas. Se trata de una particular modalidad de integración vertical entre el sector productivo y el sector del agronegocio que se ha desarrollado y extendido en los países industrializados desde hace ya varias décadas, en especial en el sector de la producción ganadera, y ahora es utilizada para una amplia gama de productos agrícolas en muchos países de todo el mundo. De relevancia es contar con un marco jurídico, por ello la elaboración de la guía jurídica sobre agricultura por contrato UNIDROIT/FAO/FIDA, promoviéndose las iniciativas para la divulgación de la guía entre los destinatarios, y su contribución para el fortalecimiento del entorno jurídico para la agricultura por contrato.
AGRICULTURA POR CONTRATO- CONTRATOS AGROINDUSTRIALES- CONTRACT FARMING- GUÍA JURÍDICA UNIDROIT/FAO/FIDA.
Un nuevo instrumento internacional de orientación jurídica para los contratos de producción agrícola: la guía jurídica sobre agricultura por contrato UNIDROIT/FAO/IFAD
Frédérique Mestre*
1. Introducción: ¿Qué es la agricultura por contrato? [arriba]
Por “agricultura por contrato” se entiende la producción agrícola realizada de conformidad a un acuerdo entre el agricultor y el comprador, donde se establecen las condiciones de la producción y comercialización de los productos agrícolas. Se trata de una particular modalidad de integración vertical entre el sector productivo y el sector del agronegocio que se ha desarrollado y extendido en los países industrializados desde hace ya varias décadas, en especial en el sector de la producción ganadera, y ahora es utilizada para una amplia gama de productos agrícolas en muchos países de todo el mundo. La agricultura por contrato también se extendió recientemente y de manera muy significativa en países en vías de desarrollo, como consecuencia de la liberalización del comercio y la apertura de mercados a la inversión extranjera.
Junto al aumento de los niveles de vida y de la demanda de productos agrícolas, así como la creciente sofisticación de los mercados de consumo, la agricultura por contrato se está expandiendo como una herramienta para organizar y vincular las capacidades de producción y las necesidades del mercado, para aumentar y diversificar la disponibilidad de productos en mercados locales y globales, y para mejorar la eficiencia de las cadenas de valor. Los países en vías de desarrollo tienen un potencial importante como proveedores de codiciados productos agrícolas a un costo atractivo para los mercados de exportación. También representan los mercados finales de consumo debido a su creciente necesidad de grandes cantidades de productos para alimentar a sus poblaciones en expansión, sobre todo en las zonas urbanas. La agricultura por contrato además, ofrece a los pequeños productores oportunidades para acceder a mercados competitivos en base a los servicios prestados por las empresas, que a su vez ayudan a modernizar su capacidad de producción.
En virtud a los acuerdos de agricultura por contrato celebrados con los productores agrícolas, los empresarios y distribuidores de la industria alimentaria se aseguran el abastecimiento de un producto determinado (hortalizas, cultivos forestales, granos, cría y productos lácteos, pescado, etc.) en la cantidad y calidad requerida, en un tiempo plazo determinado y a un precio establecido. En función del tipo de contrato, el agronegocio – designado como “contratista” a menudo proporciona insumos (semillas, fertilizantes o crías de animales) y puede también intervenir en el proceso de producción al exigir que el productor use determinada tecnología y métodos de cultivo. Esto permite al contratista coordinar la producción y garantizar mayor eficiencia sin inmovilizar capital en actividades directas de producción y sin sujetarse a las obligaciones financieras y legales que supondría la integración vertical completa. Empresarios independientes, empresas medianas y cooperativas pueden participar como contratistas. Sin embargo, debido al fenómeno de fuerte concentración en la indústria de la transformación y comercialización de alimentos, cabe destacar la preponderancia de las grandes corporaciones transnacionales ya sea directamente como parte del contrato, o indirectamente a través de filiales o subcontratistas pero manteniendo el control de la gestión de la cadena de suministro.
Los productores que son parte en un acuerdo de agricultura por contrato pueden tener diferentes formas legales y tamaño, desde productores independientes a cooperativas, y desde pequeños agricultores o productores familiares y organizaciones de productores a empresas agrícolas de media escala. La agricultura por contrato ofrece a los productores la oportunidad de contar con una fuente de ingresos más estable a través del acceso garantizado a los mercados, en particular para los segmentos especializados que ofrecen la posibilidad de precios más altos. A menudo, los contratos funcionan como un vehículo de crédito sea cuando los insumos son proporcionados por el contratista al comienzo de la producción y su precio viene descontado del importe pagado al agricultor después de la entrega del producto final; sea cuando el mismo contrato sirve como base o garantía para obtener una financiación por parte de una institución financiera. También, mayores rendimientos y una mejor calidad derivan de los servicios de extensión y de la tecnología avanzada suministrada por el contratista. En general, la seguridad contractual permite a los agricultores compartir los riesgos de producción, promover relaciones estables y contribuir a la mejora constante de sus capacidades productivas.
En términos generales, las ventajas de la agricultura por contrato son generalmente reconocidas debido a su potencial para sostener y desarrollar el sector de la producción, contribuyendo así a la formación de capital, la transferencia de tecnología, el aumento de la producción y rendimiento agrícola y al desarrollo económico y social. Los consumidores finales también suelen obtener beneficios sustanciales gracias a variadas y estables fuentes de suministro y al buen funcionamiento del proceso de transformación y de las cadenas de comercialización. Los gobiernos son cada vez más conscientes del papel que la agricultura por contrato puede desempeñar en el desarrollo agrícola, y globalmente en el desarrollo economico y social, y en consecuencia introducen políticas propicias para atraer inversores del sector privado y para coordinar inversiones con productores locales. Entre las formas de apoyo fomentadas por las entidades públicas, son de destacar los proyectos de partenariados público-privados de desarrollo, basados en la misma modalidad de agricultura por contrato.
Los acuerdos de agricultura por contrato varían considerablemente entre sí, dependiendo el particular contexto y la práctica comercial entre las partes. Su éxito dependerá de numerosos factores. Un elemento clave es la capacidad de las partes para construir relaciones estables, comercialmente viables y justas, basadas en compromisos claros y cuyos cumplimientos sean respetados. Los intereses primordiales de ambas partes están en juego para asegurar una relación mutuamente beneficiosa, basada en la colaboración y confianza mutua.
Asegurar relaciones justas es aún más importante teniendo en cuenta el desequilibrio de poder económico entre las partes que en general caracteriza a los contratos agrícolas. Típicamente, grandes empresas de transformación o de comercialización, con sofisticadas capacidades de gestión, tratan con un gran número de pequeños y medianos productores, extendiendo así sus riesgos de pérdida, mientras que los productores a menudo se involucran en una relación exclusiva con la empresa y pueden tener poca o ninguna oportunidad de contratar con otro comprador si el contrato falla o no se renueva. Los productores dependen además en gran medida de factores naturales y de limitaciones financieras, y generalmente pueden carecer del conocimiento o información necesaria para operar en los entornos económicos y empresariales más amplios; por ejemplo, los datos del mercado pueden tener implicaciones directas sobre los términos del contrato, en particular sobre el precio.
La piedra angular de la relación es el contrato. Cuando se celebra el contrato, es esencial garantizar una asignación clara y justa de los riesgos, las responsabilidades y beneficios económicos, así como de las condiciones previsibles, tanto sobre la ejecución del contrato como sobre los posibles supuestos de incumplimiento. Estos elementos ayudan a asegurar relaciones sostenibles además de ampliar los beneficios financieros en el largo plazo. La manera en que las partes organizan los numerosos aspectos involucrados en sus futuras relaciones juega un papel crucial en la capacidad y disposición que tienen para cumplir con sus compromisos y encontrar soluciones cuando se obstaculiza la ejecución. Frente a ello, el marco jurídico es esencial para dar efecto legal a las estipulaciones de las partes y complementarlas, según el caso. Dependiendo de cada ordenamiento jurídico, diferentes disposiciones legales pueden ser aplicadas a diversos aspectos de la relación contractual, con efectos supletorios o bien obligatorios para las partes. Además, el marco jurídico regula numerosos aspectos importantes para la relación de agricultura por contrato, tales como la capacidad jurídica de las partes, los derechos de terceros, la responsabilidad civil extracontractual, y las prescripciones reglamentarias relacionadas por ejemplo, con los asuntos laborales y de seguridad alimentaria, etc.
Comprender claramente la relación que existe entre los términos y la aplicación práctica del contrato y las disposiciones legales aplicables, sin duda aumenta la seguridad juridica de las partes, haciéndoles conscientes de las cuestiones cruciales con respecto a sus derechos y recursos disponibles a lo largo de toda la vigencia del contrato. Sin embargo, debido a la naturaleza particular de este tipo de relación contractual donde las partes están vinculadas a través de obligaciones recíprocas que pueden analizarse como características de diferentes categorías legales, determinar el régimen jurídico aplicable a uno u otro aspecto de la relación, o al contrato en su conjunto, puede no ser sencillo. Diferentes enfoques se aplicarán en función del sistema jurídico y de los tipos de contrato disponibles en el derecho interno. En algunos países, se ha promulgado legislación específica para crear un tipo especial de contrato – un contrato tipificado, y se aplican disposiciones diseñadas específicamente para determinados aspectos de la relación. Aunque son diferentes en su alcance, tales disposiciones en general imponen requisitos mínimos en cuanto a la forma y contenido de los contratos, esencialmente para garantizar que los productores estén plenamente informados sobre sus obligaciones futuras, asimismo, establecen mecanismos de solución de controversias con el objetivo de facilitar la ejecución de los contratos y mejorar el cumplimiento voluntario.
3. La guía jurídica sobre agricultura por contrato UNIDROIT/FAO/FIDA [arriba]
3.1. Historia de la elaboración de la Guía
La Guía Jurídica sobre Agricultura por Contrato UNIDROIT/FAO/FIDA [1] es el resultado de un proceso de redacción conjunto liderado por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT) en colaboración con la Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas (FAO) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) [2]. La primera versión fue completada por un grupo de trabajo a lo largo de cuatro reuniones celebradas en Roma entre enero de 2013 y noviembre de 2014, que reunió a juristas reconocidos internacionalmente, organizaciones multilaterales y representantes de la comunidad agrícola y agroindustrial.
La elaboración de la Guía también contó con el invaluable aporte de los debates celebrados en eventos de consulta a lo largo del año 2014. Se llevaron a cabo consultas regionales sobre "Promoción de Buenas Prácticas Contractuales entre productores y compradores en las Operaciones de Agricultura por Contrato" en Buenos Aires (Argentina), Bangkok (Tailandia) y Addis Abeba (Etiopía). Asimismo, una reunión celebrada en Roma (Italia) se centró en las cuestiones y preocupaciones específicas para el sector agroindustrial privado. Además, antes de la reunión final del Grupo de Trabajo, la Guía se puso a disposición del público en la página web de UNIDROIT durante un mes con el fin de obtener la opinión y comentarios de una amplia gama de partes interesadas.
Tras un proceso de elaboración de dos años, el Consejo de Dirección de UNIDROIT examinó y aprobó la Guía en su 94vo período de sesiones, celebrado en mayo de 2015. La Guía Jurídica sobre Agricultura por Contrato UNIDROIT/FAO/FIDA se publicó de forma impresa y en formato electrónico el 28 de julio 2015 y se encuentra disponible en los sitios web de UNIDROIT, de la FAO y del FIDA, en inglés, en francés, y desde mayo de 2017, también en español.
3.2. Propósito de la Guía
La Guía Jurídica sobre Agricultura por Contrato UNIDROIT/FAO/FIDA se dirige principalmente a las partes que conforman una relación en la agricultura por contrato, es decir, los productores y los contratistas. Proporciona una descripción y un análisis de los aspectos jurídicos relevantes, sirviendo asi de orientación para toda la relación, desde la negociación del contrato hasta su término, incluyendo el cumplimiento y las posibles infracciones o la terminación del contrato. De esta manera, la Guía tiene como objetivo promover una mejor comprensión de las implicaciones jurídicas de los diferentes términos y prácticas contractuales. Pretende promover relaciones más estables y equilibradas y ayudar a las partes en el diseño y ejecución de contratos sostenibles, y de ese modo, contribuir a la creación de un entorno propicio para la agricultura por contrato.
Si bien no se refiere a ningún orden jurídico específico, la Guía contempla una variedad de soluciones o disposiciones legales. No pretende ser un modelo, o fomentar adopción de legislación especial, sin embargo, la Guía podría proporcionar información útil a los legisladores y autoridades públicas internas que se ocupan, directa o indirectamente, a un nivel de política pública, de la agricultura por contrato. Se podría considerar a la Guía como una referencia para las buenas prácticas, ya que refleja un mínimo estándar aceptado internacionalmente de la práctica contractual en discusión.
La Guía pretende proporcionar orientación práctica a organizaciones internacionales y agencias de cooperación bilateral, así como a organizaciones no gubernamentales y organizaciones de agricultores, que participan y están involucrados con estrategias y programas de capacitación destinados a prestar apoyo en la agricultura por contrato, especialmente en los países en vías de desarrollo. La Guía también podría ser útil para organizaciones profesionales, jueces, árbitros, legisladores y, quizás incluso de manera más importante, para los mediadores, ya que promueve procedimientos amigables de resolución de controversias.
La Guía Jurídica sobre Agricultura por Contrato UNIDROIT/FAO/FIDA responde a los Principios para la Inversión Responsable en la Agricultura y los Sistemas Alimentarios (Principios RAI) aprobados en octubre de 2014 por el Comité de Seguridad Alimentaria Mundial (CSA). La Guía también comparte con los Principios RAI el objetivo de proporcionar un marco que pueda ser utilizado por las partes interesadas en el desarrollo y elaboración de políticas nacionales, marcos regulatorios, programas de responsabilidad social corporativa, acuerdos y contratos individuales, todo ello en forma responsable e inclusiva.
3.3. Contenido de la Guía
La Guía está compuesta por una introducción y siete capítulos que tratan las diversas etapas conceptuales de la relación en la agricultura por contrato. Los capítulos ofrecen una descripción de las condiciones contractuales comunes así como una discusión de cuestiones jurídicas y de problemas que pueden presentarse bajo diversas situaciones prácticas.
La Introducción describe los conceptos básicos de la agricultura por contrato, la variedad de operaciones de agricultura por contrato en práctica, así como los beneficios y riesgos de la agricultura por contrato, considerada como una herramienta que puede servir a diferentes propósitos: mitigación de riesgos, acceso a créditos, transferencia de tecnología y desarrollo económico, social y medio ambiental. La introducción también describe el objeto de la Guía: el "contrato de producción agrícola" entendido como un contrato por medio del cual el productor se compromete a producir y entregar ciertos productos agrícolas conforme a las especificaciones del contratista y, el contratista a su vez, se compromete a adquirir el producto a un precio acordado, generalmente desempeñando cierto grado de participación en las actividades de producción.
El Capítulo 1 analiza el marco jurídico aplicable a los contratos de producción agrícola. De acuerdo con el régimen legal aplicable, los contratos de producción agrícola pueden ser regidos como tipos de contratos especiales o bajo las reglas generales aplicables a los contratos. Se presentan además otras fuentes de derecho interno potencialmente aplicables, que comprenden normas y principios del derecho, normas y usos consuetudinarios, usos y prácticas comerciales, cláusulas contractuales estándar, normas técnicas y normas no vinculantes o soft law. En determinadas circunstancias, algún elemento internacional puede estar involucrado (como ser el establecimiento de las partes en diversos países), lo que puede implicar la aplicación de normas internacionales o legislación extranjera. El rol que tiene el marco regulador es abordado con respecto a las siguientes áreas: comercio agroalimentario, insumos de producción, financiamiento y apoyo agrícola, competencia y antimonopolio, derechos humanos, derecho laboral y derecho de acceso a los recursos naturales.
El Capítulo 2 se ocupa de las partes en el contrato así como de la formación, forma y contenido del contrato. Las partes principales en el contrato son el productor agrícola (ya sea un individuo o una entidad colectiva) y el contratista (generalmente un procesador de alimentos, un distribuidor o un exportador). Del mismo modo, otras partes pueden tener algún interés en el contrato de producción agrícola. En cuanto a la formación del contrato, el capítulo describe el proceso de formación del contrato y analiza en particular el consentimiento y el papel de otras partes en la negociación contractual. Finalmente, se discuten temas respecto a la forma (incluyendo el requisito de la forma escrita) y el contenido (con los elementos típicos en el contrato).
El Capítulo 3 se centra en las obligaciones de las partes. En primer lugar, presenta los aspectos esenciales en cuanto a la asignación de riesgos entre las partes (en relación a la producción y a los riesgos comerciales) y el tema de la exclusividad de los contratos. La parte principal del capítulo analiza las obligaciones fundamentales de las partes, que más a menudo se entrelazan y perduran en el tiempo. Las obligaciones pueden estar relacionados con el producto final (especialmente en lo que respecta a la cantidad y calidad), pero también con el mismo proceso de producción (con aspectos relacionados con los insumos y métodos de producción), con la entrega del producto final así como con su precio o forma de pago. Finalmente, se discuten las obligaciones adicionales y la transferencia de las obligaciones.
El Capítulo 4 se centra en las diferentes excusas de incumplimiento, que derivan del acontecimiento de ciertos eventos. En primer lugar, se introducen los fundamentos jurídicos y los conceptos de fuerza mayor y cambio de circunstancias, discutiendo asimismo, la distribución de riesgos. A continuación, se describe la forma en la que diferentes acontecimientos pueden caracterizarse según cada tipo de contrato y la legislación aplicable. Por último, explora las consecuencias de tales eventos en las obligaciones de las partes (como es el caso de las excusas para la no ejecución, suspensión de cumplimiento o compensación) y en el contrato en su conjunto (terminación, renegociación y adaptación judicial del contrato).
El Capítulo 5 trata los recursos y remedios existentes por incumplimiento, comenzando con una visión general y descripción de éstos, que abarcan el cumplimiento específico, la suspensión del cumplimiento, la reducción del precio, la terminación, la restitución, la indemnización y el pago de intereses. El capítulo destaca la importancia de ciertos elementos como son el comportamiento de la parte agraviada al usar los remedios, el derecho de la parte incumplidora de remediar, y la renegociación del contrato posterior a una violación. El capítulo pasa luego a identificar y analizar la aplicabilidad de los recursos en caso de incumplimiento, tanto de parte del contratista como del productor, subrayando los diferentes intereses de las partes y la relevancia de la cooperación entre las partes, la naturaleza de las distintas infracciones y la relevancia de la elección del remedio.
El Capítulo 6 examina la duración, renovación y terminación del contrato. Reconoce las diferencias entre contratos "a largo plazo" y contratos "a corto plazo" y tiene en cuenta los posibles periodos de duración impuestos por ley. La renovación del contrato puede tener lugar por acuerdo expreso, de forma tácita o automática o por elección de una de las partes, teniendo cada modalidad sus propias consecuencias. Por último, el capítulo analiza la resolución del contrato, haciendo hincapié en la importancia de una cláusula de rescisión redactada adecuadamente y de la inclusión de un requisito de notificación. Finalmente, analiza los motivos de terminación, y concluye con una discusión sobre los efectos y consecuencias de la misma.
El Capítulo 7 discute la solución de controversias en el marco de contratos de producción agrícola. Después de dar una visión general de los diferentes métodos de resolución de conflictos disponibles para las partes, el capítulo describe los diferentes aspectos involucrados en cada método de resolución de conflictos. En particular, se hace incapié en la importancia para las partes de prever métodos amigables de resolver las discrepancias, independientemente de los métodos disponbiles por arbitraje y los procedimientos judiciales. El capítulo concluye con una breve discusión sobre la ejecución de los acuerdos, fallos o laudos que concluyen los conflictos.
4. Conclusión: las iniciativas para la divulgación de la guía entre los destinatarios, y su contribución para el fortalecimiento del entorno jurídico para la agricultura por contrato [arriba]
Como instrumento de soft law – es decir basado en una aplicación exclusivamente voluntaria por parte de los destinatarios contemplados, el éxito de la Guía está condicionado fundamentalmente por dos factores. Primero, su calidad intrínsica – y esperamos que el objetivo de los redactores se encuentre ampliamente reconocido. Y, segundo, el efectivo conocimiento de su existencia y de su contenido por los mismos destinatarios, y de su implementación. De ahí, la importancia dada por las organizaciones que redactaron la Guía a la promoción del instrumento, su divulgación y socialización.
La FAO – con el apoyo del FIDA - está llevando a cabo un plan de implementación diseñado para adaptar la Guía a los diversos contextos de agricultura por contrato y a las distintas necesidades, a través de la elaboración de material de difusión, de conocimiento especializado y de herramientas de aplicación destinadas a programas de capacitación y de desarrollo en los diferentes países. Por su parte, UNIDROIT está promoviendo el desarrollo de proyectos para reforzar el entorno jurídico para el desarrollo de las prácticas contractuales de agricultura por contrato[3].
* Oficial Jurídico principal, Unidroit – f.mestre@unidroit.org . Miembro y Secretario del Grupo de trabajo para la preparación de la Guía juridica sobre agricultura por contrato UNIDROIT/FAO/FIDA.
[1] Para el acceso a los textos completos en inglés, francés y español de la Guía, así como a los documentos e informes de las reuniones de consultación, véase la página Internet: http://www.unidroit.or g/work-in-prog ress-studies/studies/cont ract-farming
[2] El Instituto internacional para la unificación del derecho privado (UNIDROIT) es una organización intergubernamental con sede en Roma, Italia, que cuenta en la actualidad a 63 Estados miembros. Tiene como mandato la armonización y modernización de las normas de derecho privado a nivel mundial, que realiza a través de tratados internacionales e instrumentos jurídicos no vinculantes. UNIDROIT ha adquirido un amplio reconocimiento por sus actividades en el ámbito del derecho contractual, y en particular por los Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales (actualizados en 2016), que son ampliamente utilizados en la práctica comercial y procesos de arbitraje, y son además tomados como una referencia en reformas legislativas internas (www.unidroit.org )
La Organización para la Agricultura y la Alimentación de las Naciones Unidas (FAO) promueve una agricultura por contrato responsable mediante diferentes métodos como son la implementación de programas de desarrollo y capacitación, la elaboración de publicaciones y el mantenimiento de un Centro de Recursos sobre Agricultura por Contrato en el sitio web de la FAO que da acceso a referencias bibliográficas, modelos de contratos y otros documentos legales (www.fao.org /ag/ags/ contract-fa rming/i nd ex- cf/en/).
El Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) tiene el mandato de movilizar e implementar recursos para mitigar la pobreza rural, con los objetivos prioritarios de promover la inclusión de los pequeños agricultores en las cadenas de valor agrícolas y facilitar el acceso a los mercados. El FIDA apoyó activamente la elaboración de la Guía desde sus primeros momentos, concediendo además una subvención que permitió en la organización y ejecución de las consultas sobre el proyecto de la Guía en 2014 (www.ifad.org).
[3] Véase Comunidad de Práctica sobre los Aspectos Jurídicos de la Agricultura por Contrato (CdP/AJAC) http://w ww.unidroit.org /communi ty-of-pract ice/home