Del cambio climático a la emergencia y crisis climática
Marcelo A. López Alfonsín[1]
Valeria Fanti[2]
Desde hace unos meses se hacen mención a dos nuevos términos a los que habrá que prestarle mayor atención: la crisis climática y la emergencia climática. Esta terminología tuvo su primera referencia en los últimos informes del IPCC, y fueron albergados por organizaciones de la sociedad civil y referente de la materia.
Con respecto al primero de los términos, varios medios de comunicación se han hecho eco de este cambio y empezaron a incluir en sus notas el término “Crisis climática”, debido a que ya es innegable la situación de cambio climático que el mundo afronta y entienden que es la mejor forma de expresar la realidad y gravedad del escenario. La utilización de esta nueva terminología pretende acercar el problema a una sociedad que hasta no hace mucho veía la cuestión del “cambio climático” como algo ajeno y netamente “científico” alejado de cotidianidad.
Si bien aún no existe una definición en conjunto sobre la “emergencia climática”, esta nueva demanda – que nuclea a muchas organizaciones sociales que solicitan acciones inmediatas para combatir el cambio climático – circunscribe la necesidad de que se tomen medidas concretas para reducir rápidamente a cero neto las emisiones de gases de efecto invernadero, además de la transformación del concepto: es indispensable que dejemos de hablar de cambio climático – una realidad innegable – y empecemos a hablar de crisis y emergencia climática.
Este nuevo fenómeno es impulsado también por un gran número de organizaciones estudiantiles quienes desde finales de 2018 iniciaron la convocatoria mundial del “Viernes por el futuro” (Fridays for Future) que incluye una serie de manifestaciones y huelgas estudiantiles con el fin de concientizar a los líderes mundiales de que el momento de actuar es ahora.
Entre las medidas que se buscan adoptar para neutralizar las emisiones antes del 2050 están la prohibición de vehículos que utilicen tanto diésel o nafta para el año 2030, fomentar la movilidad urbana a través del transporte público o vehículos de emisiones cero, adoptar medidas para detener la pérdida de biodiversidad y trabajar en la recuperación de ecosistemas, reducir el consumo de carne, promover la reforestación de forma masiva, migrar de forma definitiva hacia una economía circular y promover la creación de puestos de trabajo “verdes”.
Son varios los Estados y organizaciones que ya se han sumado a esta iniciativa. A nivel país, Irlanda fue el primero -en mayo de este año- en declarar la emergencia climática, y más recientemente Canadá, siguiendo a las casi 400 ciudades en su territorio que ya lo habían realizado. Por otro lado, en el Parlamento del Reino Unido se ha aprobado una moción introducida por el Partido Laborista pero no es vinculante. También dentro del Reino Unido, los gobiernos locales de Escocia y Gales han declarado la emergencia, así como las ciudades de Londres, Manchester y Bristol. Tanto Francia, España, Italia Suiza, Bélgica y Alemania tienen también ciudades o regiones que han declarado la emergencia en distintas instancias administrativas. En Oceanía, algunas localidades de Australia y Nueva Zelanda y en Estados Unidos son 17 las ciudades, incluida San Francisco, pionera desde hace décadas en todo lo que respecta a la protección del ambiente.
Merlinsky sostiene que “en Argentina no han sido las reformas impulsadas desde el campo de la política pública las que han puesto la cuestión ambiental en el centro de la escena. Por el contrario, han sido y son los conflictos ambientales los que han ido generando las condiciones para la construcción de un ámbito público de deliberación sobre la cuestión ambiental”[3]. Estamos a pasos del punto de no retorno y frente a la crisis ambiental más grande que ha sufrido la humanidad, la sociedad civil está expresando y procurando que la visibilización de esta crisis sea lo más extensa y veraz posible. Es tiempo de que la clase política este a la altura de las circunstancias y que las declaraciones de “emergencia climática” no queden en meras manifestaciones voluntaristas, estas deben venir acompañadas de medidas concretas, compromisos vinculantes y sobre todo, de los recursos necesarios para hacer frente a esta crisis climática.
Notas
[1] Doctor en Derecho (UBA). Juez Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.
[2] Lic. en Ciencia Política (USAL). Magister en Gestión Sostenible del Ambiente. (Universidad de Salamanca) val.fanti@gmail.com
[3] MERLINSKY, Gabriela (2013) “Política, derechos y justicia ambiental: el conflicto del Riachuelo”. p. 36
© Copyright: DPI Cuántico |