Doctrina
Título:Reforma energética y cambio climático en México
Autor:Carbonell León, María de las Nieves
País:
México
Publicación:Revista Iberoamericana de Derecho Ambiental y Recursos Naturales - Número 23 - Marzo 2017
Fecha:15-03-2017 Cita:IJ-CCLXIII-619
Índice Voces Ultimos Artículos
I. Introducción
II. Reforma energética
III. Estimación de emisiones de gases de efecto invernadero
IV Cumplimiento de la legislación nacional y compromisos internacionales
V Transición energética y fomento del uso del gas natural
VI. Conclusiones
Bibliografía
Notas

Reforma energética y cambio climático en México

María de las Nieves Carbonell León

I. Introducción [arriba] 

El cambio climático es uno de los grandes problemas que la humanidad afronta colectivamente y si no se hace nada para detenerlo o controlarlo se prevén consecuencias catastróficas para la vida del hombre sobre la tierra.

El Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático (IPCC, por sus siglas en inglés)[1], en su ultimo informe de evaluación[2] señaló: “Las nuevas evidencias confirman que el calentamiento del sistema climático es inequívoco…la temperatura del aire sobre la superficie terrestre y oceánica, como promedio global, experimentó un aumento de 0.85ºC durante el período 1889-2012” (Pichs, 2015: 12)

De acuerdo a este informe, la influencia humana en el sistema climático es cada vez más clara y se debe al aumento en la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera[3], consecuencia del incremento de la producción y uso de combustibles fósiles para obtención de energía.

El gobierno mexicano se vanagloria de mantener una posición de liderazgo a nivel internacional para hacer frente al cambio climático y se ha comprometido con la construcción de consensos y definición de acciones para su atención; sin embargo, mientras en la mayoría de los países del mundo el tema central de la política energética y ambiental es cómo reducir la producción, el consumo y la dependencia de los combustibles fósiles por sus efectos en el clima global, la reforma energética —como veremos más adelante— señala como uno de sus objetivos el aumento de la producción de petróleo y gas natural, lo cual tendrá como consecuencia inevitable un aumento significativo de las emisiones de gases de efecto invernadero, con consecuencias negativas para el clima global

El presente trabajo tiene como objetivo evaluar el posible impacto que esta reforma estructural, promulgada en diciembre de 2013, tendrá en el sistema climático, bajo la premisa de que su promulgación y la de las leyes secundarias, que de ella derivan, conlleva la adopción de un modelo neoextrativista de producción, que lejos de fomentar la descarbonización de nuestra economía, aumenta la creciente dependencia de nuestro sistema energético de los combustibles fósiles, en especial del gas natural, esto último en el marco de promulgación y aplicación de la Ley de Transición Energética, lo que contradice los principios y compromisos asumidos por nuestro país en materia de sustentabilidad y de mitigación de gases de efecto invernadero.

II. Reforma energética [arriba] 

En Diciembre de 2013, el poder revisor de la Constitución aprobó la Reforma Constitucional en materia energética, en la que se modificaron los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna y cuyo decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre del mismo año, incluyó adicionalmente veintiún artículos transitorios. De éstos podrían incidir en la política climática:

“Transitorio Décimo Séptimo: Dentro de los trescientos sesenta y cinco días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, el Congreso de la Unión realizará las adecuaciones al marco jurídico, para establecer las bases en las que el Estado procurará la protección y cuidado del medio ambiente, en todos los procesos relacionados con el presente decreto (de Reforma Constitucional) …mediante la incorporación de criterios y mejores prácticas en los temas de eficiencia en el uso de energía, disminución en la generación de gases y compuestos de efecto invernadero, eficiencia en el uso de recursos naturales, baja generación de residuos y emisiones, así como la menor huella de carbono en todos su procesos”.

“Transitorio Décimo Octavo: El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría del ramo en materia de Energía y en un plazo no mayor a trescientos sesenta y cinco días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, deberá incluir en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (PRONASE) una estrategia de transición para promover el uso de tecnologías y combustibles más limpios”

En cumplimiento a lo anterior, la Secretaría de Energía y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, desarrollaron la Estrategia de Transición para Promover el Uso de Tecnologías y Combustibles más Limpios, que pasó a formar parte del PRONASE vigente en ese momento, como un conjunto de recomendaciones para impulsar la transición hacia tecnologías y combustibles más limpios en el País, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2014.

Posteriormente y bajo la presión de Organismos No Gubernamentales, al tiempo que se efectuaba la 21 Conferencia de las Partes (COP 21) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Congreso aprobó la Ley de Transición Energética[4], que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2015. En el artículo 3º de esta Ley se establece la obligación de elaborar tres instrumentos de planeación, mismos que se convierten en políticas obligatorias en materia de Energías Limpias y Eficiencia Energética: Estrategia de Transición para Promover Tecnologías y Combustibles más Limpios, en adelante la Estrategia, de la que se derivan el Programa Especial de la Transición Energética (PETE) y el PRONASE, por lo que 29 de agosto de 2016, en sesión del Consejo Consultivo para la Transición Energética se presentó la Estrategia 2016, la cual no ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Uno de los objetivos de esta reforma, tal como fue profusamente difundido por los medios de comunicación y manifestado en forma explícita en la página de la Presidencia de la República[5] es:

“Aumentar la producción de petróleo de 2.5 millones de barriles diarios (mmbd o Mbd) que se producen actualmente[6], a 3 Mbd en 2018 y a 3.5 en 2025, así como aumentar la producción de gas natural de los 5 mil 700 millones de pies cúbicos diarios (mmpcd) que se producen actualmente, a 8 mil millones en 2018 y a 10 mil 400 millones en 2025, con un modelo de producción basado en la exploración y explotación de los recursos no convencionales que se encuentran en cuencas de lutitas y aguas profundas”

III. Estimación de emisiones de gases de efecto invernadero [arriba] 

El primer punto de partida para evaluar los efectos de la reforma energética en el sistema climático es aproximarnos a las emisiones de gases de efecto invernadero que como consecuencia pueden generarse.

La producción de cualquier combustible requiere siempre cierta inversión energética, que se mide o reporta bajo el concepto de tasa de retorno energético (TRE). Gran parte de la energía empleada para producir un combustible se genera mediante procesos de combustión, o bien se pierde por emisiones fugitivas de los hidrocarburos, por tanto, durante los procesos de extracción de petróleo y gas forzosamente se generan gases de efecto invernadero. A su vez el uso de combustibles fósiles, en actividades industriales, comerciales, de servicios y transporte genera emisiones de bióxido de carbono y otros gases de efecto invernadero.

Considerando las premisas anteriores, de cumplirse las expectativas de la reforma energética se ocasionaría un aumento aproximado en las emisiones aportadas por nuestro país al planeta de alrededor de 134.4 y 277.2 millones de toneladas de bióxido de carbono equivalente, (MtCO2eq) por año de gases de efecto invernadero (GEI) en 2018 y 2025 respectivamente con respecto a lo emitido en 2013, esto es un aumento del (24% y 50%) de emisión de en términos de CO2 eq. (Carbonell, 2015:153-157).

Tabla 1. Emisiones Globales de gases de efecto invernadero MtCO2eq*

 

 

2013

2018

2025

Producción petróleo y gas**

22.8

28.78

34.78

Combustión***

532.20

661.17

797.5

Total

555.08

689.48

832.28

% de aumento

-

24

50

 

· No incluye carbono negro

· Factor de emisión internacional usado por Pemex Exploración Producción para campos convencionales: 18 kgCO2eq/barril de petróleo crudo equivalente

· Factores de emisión de las Directrices del IPCC (IPCC, 2006)

El bióxido de carbono equivalente, es una medida que incluye todos los gases de efecto invernadero y se calcula convirtiendo la emisión de cada gas de efecto invernadero a bióxido de carbono, usando para ello el potencial de calentamiento global de cada gas.

Presumimos que una buena parte de estas emisiones no se verán reflejadas en los inventarios nacionales ni en las proyecciones de la línea base, ya que de acuerdo a las tendencias observadas, casi un 50% del crudo que se produce se destina a la exportación (PEMEX, 2015:50), por lo que las emisiones generadas por su consumo como combustible deberán ser reportadas en los inventarios de los países receptores.

Ahora bien, tomando como un supuesto que se conservará la relación de producción/exportación de petróleo de 2014 y si asumimos que todo el gas natural producido se destinará al consumo interno, las emisiones de gases de efecto invernadero en términos de bióxido de carbono equivalente generadas en nuestro país, que serán reportadas para el cumplimiento de la Ley General de Cambio Climático y los compromisos internacionales; según las previsiones de la reforma energética (Carbonell, 2015: 153-157).

Tabla 2. Emisiones anuales de gases de efecto invernadero en MtCO2eq/año que impactarán el inventario de México.

 

Referencia

2013

2018

2025

Emisión anual

327.6

416.3

511.0

% de aumento

-

27

56

 

Es oportuno precisar que estas estimaciones son aproximaciones, meramente indicativas de un aumento de gases de efecto invernadero, esto debido a las distintas premisas especulativas o supuestos que tuvieron que considerarse para llevarlas a cabo, supuestos que suman incertidumbres en el cálculo como: factores de emisión de tipo general, ya que no sabemos la calidad de crudo que se va a producir y en qué proporción; que la relación entre la cantidad exportada de crudo y la consumida en el país será la misma que en 2013 (50%).

 

 

Son, a su vez, pronósticos muy conservadores, debido a que no se tomó en cuenta que una gran parte del crudo exportado retorna al país en forma de gasolinas, lo que impacta e impactará en las emisiones de gases de efecto invernadero del sector transporte en cantidades difíciles de estimar, adicionalmente existen otras fuentes importantes gases de efecto invernadero cuyas emisiones se verán incrementadas a consecuencia de la reforma como el venteo directo a la atmósfera o la combustión de gas natural debido a su envío a quemador, así como, el aumento de las emisiones fugitivas de metano por las actividades de exploración y explotación de los recursos no convencionales que se encuentran en cuencas de lutitas o de shale gas and shale oil.

En 2013, la entonces Pemex Exploración Producción envío a la atmósfera 123.9 mmpcd de gas natural[7] (PEMEX, 2013a: 53), al intervenir en yacimientos convencionales; cantidad que puede verse incrementada al aumentar el nivel de producción proyectado por la reforma, si no se cuenta previamente con la infraestructura para el proceso y el aprovechamiento del gas natural procedente tanto de campos convencionales como no convencionales, así como por los trabajos de exploración y extracción de hidrocarburos en yacimientos no convencionales de lutitas.

En la época del boom de la explotación de aceite de Shale o lutitas en el estado de Texas, aumentó considerablemente la combustión de gas en quemadores[8]. Por ejemplo, en un reporte de la organización Earthworks de 2014 se registró que el número de permisos de envío a quemador en Texas se incrementó de 107 en 2008 a 3,000 en 2013. (Horwit, 2014: 6). En el mismo año se emitieron aproximadamente 3.5 billones de libras de Bióxido de Carbono [9] provenientes únicamente de la formación de Eagle Ford Shale, que continúa en territorio mexicano como la cuenca de Burgos. Esta cantidad es similar a la que emitirían 350,000 vehículos automotores (Miller, 2015: 4).

De acuerdo con un reporte de la U.S. Environmental Protection Agency de 2010, el bióxido de carbono generado por la quema de gas natural durante la perforación y operación de un pozo convencional es de alrededor de 22.5 y 1.5 toneladas por año respectivamente, mientras que las cantidades correspondientes a pozos no convencionales son muy superiores y del orden de 5,621 en cada una de las etapas. (Hultman, et. al., 2011: 1-9).

Con respecto a la contribución de emisiones fugitivas procedentes de la exploración y explotación de lutitas, estudios encaminados a evaluar la huella de carbono de todo el ciclo de vida de la producción de gas a partir de fuentes no convencionales, mediante la técnica de fracturación hidráulica o fracking, han concluido que existen aún serios problemas para controlar estas emisiones de metano y que éstas son mayores y más probables en sistemas no convencionales de producción que en los convencionales.

Entre el 3.6 y 7.9 % de la producción de metano a partir de aprovechamiento de shale gas escapa a la atmósfera en venteos y fugas durante todo el ciclo de vida de un pozo. (Howart, et al., 2011: 683). A mayor número de componentes de un sistema productivo, como válvulas, uniones, bridas, etc., mayor probabilidad existe de que se presente un emisión fugitiva de metano y de compuestos orgánicos volátiles.

Tabla 3. Comparativo de emisiones fugitivas de metano asociadas a la obtención de gas natural en pozos convencionales y de formaciones de lutita, expresadas como % de metano producido

 

Pozos convencionales de gas

Pozos no convencionales de gas de lutitas

Emisiones debidas a perforación y terminación de pozos

 

0.01%

 

1.9%

Emisiones totales (incluye operación, proceso, transporte y distribución)

 

1.7-6%

 

3.6-7.9%

 

La mayor cantidad de emisiones ocurre durante el retorno de los fluidos de fracturación y el retiro de barrenas y tapones, ya que, como es sabido, para la fracturación, grandes volúmenes de agua son forzados a entrar bajo presión en la rocas de lutitas y fracturarlas y re fracturarlas y una cantidad significativa de esa agua que retorna a la superficie esta acompañada de grandes cantidades de metano que escapan como emisiones fugitivas. Hultman, et. al., 2011: 1-9), (Stephenson, 2011: 10757-10764), (Caulton, et. al., 2014: 6237-6242)

 

Además de estas emisiones, para evaluar su efecto en el sistema climático debe efectuarse el análisis del ciclo de vida de la producción de hidrocarburos, en especial gas, provenientes de cuencas de lutitas e identificar todos los posibles impactos en el sistema climático:

Menor captura de gases de efecto invernadero por la deforestación y retiro de capa vegetal de grandes superficies que se requieren para la fracturación hidráulica así como la apertura de nuevos campos.

La energía requerida para la conducción, bombeo de agua, preparación del fluido de fracturación, su transporte al sitio del proyecto, rebombeo a la superficie y tratamiento de aguas residuales.

Energía para la preparación, manejo y transporte de los compuestos químicos utilizados.

Esta evaluación aún no se ha aplicado ya que entraña un alto grado de complejidad por la gran cantidad de variables a considerar, como distancias, rutas de transporte, número de unidades número de pozos a realizar, área necesaria para la preparación del sitio de la exploración y explotación, tipo de ecosistema y su tasa de captura de bióxido de carbono, etc.

En síntesis, de lograrse los objetivos de la reforma energética, se espera que en 2018 aumenten las emisiones de bióxido de carbono equivalente de nuestro país un 27% y un 56% en 2025, con respecto a las reportadas en 2013. A estas estimaciones debemos añadir: El aumento de gas natural que se envía a quemador, durante las operaciones tanto en yacimientos convencionales como en no convencionales, la mayor emisión de gases de efecto invernadero debida a la exploración y explotación de cuencas de lutitas y aguas profundas con respecto a la aquí calculada con factores de emisión propios de las operaciones en yacimientos convencionales, en campos terrestres y aguas someras, la posibilidad de emisiones fugitivas de metano durante las distintas etapas de la fracturación hidráulica, la emisión debida al consumo de gasolinas importadas, la mayor producción de energía eléctrica prometida para bajar los precios de la misma
y el crecimiento del sector industrial como uno de los supuestos beneficios de la reforma.

IV Cumplimiento de la legislación nacional y compromisos internacionales [arriba] 

Con la promulgación de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), aprobada en 2012, “México se convirtió en el primer país en desarrollo en contar con un marco legal en la materia” (Mendívil, A., 2016:3) en ella se establece como meta aspiracional la reducción de un 30% de las emisiones con respecto a la línea base al 2020 y alcanzar el 50% de las emisiones del año 2000 al 2050[10] así como, generar el 35% de electricidad a partir de energías limpias en 2024.[11]

Adicionalmente, en el marco de los acuerdos de la Conferencia de las Partes de Varsovia en 2013 del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), el Gobierno de México entregó a las Naciones Unidas, el 27 de marzo de 2015, sus Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional para el período 2020-2030 (INDC)[12], que en la etapa Post-COP 21 adoptan el nombre de Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC). (Muñoz G. 2016:57).

En ellas nuestro país se compromete incondicionalmente, esto es, mediante medidas que llevará a cabo y solventará con recursos propios, a reducir el 22% de sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y el 51% de carbono negro para el 2030[13], con respecto al escenario de línea base[14] y en el sector de petróleo y gas la meta es una reducción de 14% de la las emisiones de GEI y 3% de carbono negro. “Esto sólo puede darse a través de acciones sectoriales transversales…y que tengan como fin transitar a un desarrollo bajo en carbono y resiliente a los impactos del cambio climático (Mendívil, A. 2016:3).

“Este compromiso implica un pico de emisiones al 2026, desacoplando las emisiones de GEI del crecimiento económico: la intensidad de emisiones por unidad de PIB (se) reduce alrededor de 40% en el periodo del 2013 al 2030”. (Gobierno de la República, 2013 :2). “Las INDC se aplicarán en el lapso 2020-2024 y tendrán que ser sustituidas por otras conforma al principio de progresión para el segunda período quinquenal a partir del 2025, el incumplimiento de estos compromisos no deriva en ninguna penalidad más allá del desprestigio internacional”. (Delgado, G., 2016:81).

De acuerdo a las estimaciones muy conservadoras y con alto grado de incertidumbre de las emisiones de gases de efecto invernadero antes efectuadas, el esquema de producción de hidrocarburos propuesto por la reforma energética podría representar un incremento de emisiones de más de 500 MtCO2eq. en 2025, con respecto a la registrada de 2013 y es factible adicionar esta cantidad a la meta de emisión de 2030 comprometida en las INDC, de 762 MtCO2eq., correspondiente a un 22% de reducción con respecto a la línea de escenario base, que fue proyectada sin tomar en cuenta los aumentos de emisiones ocasionadas por la reforma, tal como lo muestra el propio Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 (Gobierno de la República, 2013: 31) que reconoce que, a raíz de esta reforma, se incrementarán las emisiones de GEI y “De ahí que el cálculo del escenario tendencial deberá ser actualizado una vez que se publiquen las leyes secundarias de esta reforma y se puedan hacer estimaciones más precisas de las emisiones futuras de las industria de petróleo y gas y generación de electricidad” (PECC)

Podemos así concluir que es muy difícil y hasta imposible que México cumpla con los compromisos de mitigación voluntarios no condicionados 2020-2030 que se formularon para presentarse a la Organización de las Nacionales Unidas, en la COP 21 y también se aleja la posibilidad de cumplir con las metas aspiracionales de la Ley General de Cambio Climático, con lo que este ordenamiento corre el riesgo de convertirse en letra muerta. 

V Transición energética y fomento del uso del gas natural [arriba] 

Como parte de las Leyes secundarias mandatadas por los artículos transitorios de la reforma constitucional en materia de energía de 2013, se expidió, tardíamente, en diciembre de 2015, la Ley de Transición Energética (LTE) que tiene por objeto regular el aprovechamiento sustentable de la energía así como las obligaciones en materia de energías limpias y de reducción de emisiones contaminantes de la industria eléctrica, manteniendo la competitividad de los sectores productivos.

“Esta es la única ley de la reforma energética que promueve y genera instrumentos de planeación e incentivos para la ejecución de proyectos de energías renovables en el país” (Mendívil y Niño, 2016: 7) y busca apoyar el objetivo de la Ley General de Cambio Climático relacionado con las metas de reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero y de la generación de electricidad con fuentes de energía limpia, esto último queda plasmado en el artículo tercero transitorio que establece que “La Secretaría de Energía fijará como meta una participación mínima de energías limpias en la generación de energía eléctrica del 25 por ciento para el año 2018, del 30 por ciento para 2021 y del 35 por ciento para 2024”, por lo que debería ser el instrumento clave para paliar los efectos negativos de la reforma en el sistema climático.

Para la definición de energías limpias la Ley de Transición Energética nos remite a la Ley de la Industria Eléctrica y señala que son: “Aquellas fuentes de energía y procesos de generación de electricidad cuyas emisiones o residuos, … no rebasen los umbrales establecidos en las disposiciones reglamentarias..”. Entre las energías limpias se consideran las energías renovables, como viento, radiación solar, oceánica, geotérmica, la hidroeléctrica; los bioenergéticos, el metano originado por desechos, el hidrógeno, la nuclear, entre otras, pero además, llama la atención la inclusión de:

“La energía generada por centrales de cogeneración eficiente en términos de los criterios de eficiencia emitidos por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y de emisiones establecidos por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT);

La energía generada por centrales térmicas con procesos de captura y almacenamiento geológico o biosecuestro de bióxido de carbono que tengan una eficiencia igual o superior en términos de kWh-generado por tonelada de bióxido de carbono equivalente emitida a la atmósfera a la eficiencia mínima que establezca la CRE y los criterios de emisiones establecidos por la SEMARNAT

Tecnologías consideradas de bajas emisiones de carbono conforme a estándares internacionales, y 

Otras tecnologías que determinen la Secretaria de Energía (SENER) y la SEMARNAT, con base en parámetros y normas de eficiencia energética e hídrica, emisiones a la atmósfera y generación de residuos, de manera directa, indirecta o en ciclo de vida.”

Por su parte Transitorio Décimo Sexto de la Ley de Transición Energética nos indica que, para efectos de la definición de energías limpias, sólo se considerarán energías limpias: la cogeneración, cuando la generación neta de electricidad esté por encima de la mínima requerida para que la central califique como cogeneración eficiente, según regulación de la CRE, se excluye la generación mediante ciclos combinados. La tasa de emisión, para que la generación térmica con captura de carbono y de otras tecnologías de bajas emisiones de carbono (gas natural) se consideren energías limpias, debe ser menor a 100 Kg/MWh.[15]

Por lo anterior, podemos inferir que: “En consecuencia, se buscó que la meta de 35% de generación de electricidad a partir de energías limpias para 2024, contenida en la LGCC (y LTE), fuese cubierta no sólo con energías renovables, sino con la participación de un combustible fósil: el gas natural” (Mendívil y Niño, 2016: 6)

Desde hace tiempo, se ha venido considerando al gas natural, como un combustible de bajas emisiones de carbono y una alternativa al uso de productos fósiles, sólidos como el carbón o líquidos como el diesel o el combustóleo

Incluso, las grandes petroleras han propagado la idea de que ésta es una energía puente para la transición a energías limpias y/o renovables con el razonamiento de que, para lograr las metas a largo plazo de reducción de emisiones es necesario reducir la combustión de carbón y otros combustibles con mayor huella de carbono por unidad de energía producida y sustituirlos por gas natural, tanto de origen convencional como no convencional.

En la Quinta Evaluación (2014) del Panel Intergubernamental de Cambio Climático (IPCC), el grupo III presenta algunos puntos en los que se sugieren los posibles beneficios de aumentar la producción de gas natural incluso utilizando la explotación de cuencas de lutitas. (Commitee on Climate Change, 2014).

Mientras tanto, en el Programa de Acción Climática 2013, de la aún empresa paraestatal Pemex, se afirmaba:

“En un esfuerzo por transitar hacia combustibles más limpios y por ende con menores emisiones, Pemex pone especial interés en la exploración y producción de yacimientos de gas convencional y no convencional, así́ como, en aumentar su red de ductos para la importación de gas natural, toda vez que el gas natural tiene una huella de carbono por unidad energética, 19 por ciento menor a las gasolinas, 24 por ciento menor al diesel y 28 por ciento menor al combustóleo” Por lo que se debe hacer lo necesario para transitar hacia el consumo de gas natural como una alternativa para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. (PEMEX, 2013b:23).

Esta alternativa es falaz ya que, tomando en cuenta que el metano tiene veintiocho veces mayor potencial de efecto invernadero que el bióxido de carbono, producto de la quema de cualquier combustible, por lo que el efecto climático de las emisiones fugitivas de metano, principal componente del gas natural, de la explotación convencional y no convencional, no sólo compensa sino que supera con creces los posibles beneficios de la disminución de la huella de carbono por su uso como substituto de combustibles sólidos o líquidos.

Observamos así, que muchos de los esfuerzos del Gobierno Federal en materia energética y de mitigación del cambio climático, lejos de transitar hacia una descarbonización de la economía, mediante el estímulo de energías renovables, están encaminados a seguir promoviendo el uso del gas natural. Esto quedó patente en la profusa publicidad de la reforma en medios de comunicación, que prometía como uno de sus beneficios: “El gas más barato y abundante permitirá contribuir a abaratar el pago del recibo de luz”.

Según un documento del German Institute for Economic Research, México impulsó su reforma energética con la intención de expandir el uso de gas natural sobre el de otros combustibles fósiles, principalmente en el sector energía, abriendo el mercado a inversores privados (Feijoo, et al. 2016:3).

Esto se ve reflejado en las distintas estrategias adoptadas, en especial desde la SEMARNAT, para abatir las emisiones y poder cumplir con los compromisos internacionales. Primero en el Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018 (PECC) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015, que en su objetivo 3 “Reducir emisiones de gases de efecto invernadero para transitar a una economía competitiva y a un desarrollo bajo en emisiones, contempla la estrategia 3.2 que se centra en “Acelerar la transición energética a fuentes de energía menos intensivas en carbono”, proponiendo para ello, entre otras acciones: Impulsar la diversificación de la matriz energética con inversión pública y privada en la generación mediante energías limpias, desplazar el uso de diesel y combustóleo en la matriz energética por fuentes menos intensivas en carbono y desarrollar políticas y medidas para asegurar la suficiencia en el abasto de gas natural; es oportuno precisar que también se mencionan los biocombustibles y las energías renovables. Posteriormente, en el Primer Informe Bienal de Actualización ante la CMNUCC, en que se traza la ruta indicativa de emisiones para el cumplimiento de las INDC de México (Gobierno de la República, 2015b:192).

Entre las áreas de oportunidad identificadas para la reducción de emisiones de GEI a nivel sectorial se encuentran para el caso de petróleo y gas: Reducción de emisiones fugitivas de metano en la explotación de yacimientos de gas no convencional y aguas profundas, mejoramiento de las prácticas operativas favoreciendo los proyectos de cogeneración y eficiencia energética, mayor oferta de gas natural que puede desplazar combustibles con una mayor intensidad de carbono, investigación y desarrollo de sistemas de captura y almacenamiento de carbono para la extracción de petróleo en sistemas integrados con la industria eléctrica. Para el sector industrial, dentro de las oportunidades específicas para la reducción de emisiones, que forman parte de las INDC de México se encuentran las siguientes: sustitución de combustibles,
cogeneración y uso de energías renovables, reducción de emisiones de carbono negro en la industria azucarera. 

Debemos reconocer que en la ruta planteada para la industria eléctrica se considera la instalación de mas 18000 MW de capacidad de generación a partir de fuentes renovables en 2018.

Otro indicio de esta política de fomento al uso de gas natural la encontramos en los compromisos adquiridos en las Contribuciones Nacionales Determinadas (NDC) entregadas en marzo de 2015 para la COP 21 de París. El hecho de que México, con el pretexto de conjugar los esfuerzos de mitigación de cambio climático con el cuidado de la salud pública, dada la toxicidad y carcinogenicidad de las partículas de hollín, fue el único país en comprometer una meta de reducción de carbono negro, ya que este contaminante tiene su origen en el uso de combustibles líquidos o sólidos y la mejor manera de reducir su emisión es sustituirlos por gas natural, dando así apariencia, con una solución gatopardista, de cumplir con objetivos ambiciosos de mitigación, sin dejar el uso de combustibles fósiles ni modificar el perfil energético del país. También es necesario señalar que México no comprometió metas específicas de uso de energías renovables, contrario a varios países como Brasil, India y China.

“Entre las mejores políticas para la mitigación del cambio climático se encuentra la asignación de un precio al carbono, para responsabilizarnos de los costes sociales de nuestras acciones” (Huesca y López, 2016: 23). México declaró en la COP 21 que su política de promoción de energías limpias está basada en el impuesto al carbono, establecido desde 2013, pero éste se aplica a todos los combustibles, excepto al gas natural (Mendívil y Niño, 2016: 6)

Para sustentar esta política México requiere importar grandes cantidades de gas natural. El Plan Quinquenal de Expansión del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado Gas Natural 2015-2019 considera entre sus premisas para la planeación del Sistema Nacional de Gasoductos que:

“El balance resultante en términos globales muestra que la demanda de gas natural crece, en promedio, anualmente 500 millones de pies cúbicos diarios (MMpcd) aproximadamente, mientras que la oferta decrece, en promedio, 100 MMpcd. Lo anterior, implica una demanda creciente de gas natural de importación, tanto por ducto como de gas natural licuado, (GNL) (vía marítima)” (SENER, 2015:9).

En 2015, las importaciones aumentaron un 53% y de enero a octubre de 2016, éstas han aumentado en un 28 % (PEMEX, 2016). En 2014 el 69% de las importaciones de gas natural provenían de Estados Unidos, generando, con esto, un elevado nivel de dependencia hacia nuestro vecino del norte, que nos coloca en una posición de gran vulnerabilidad. Mediante ductos, desde Estados Unidos a México, entran en promedio dos mil millones de pies cúbicos por día y se proyecta incrementar la capacidad a más de cinco mil millones de pies cúbicos por día para el 2020, que aunado a la construcción de terminales de regasificación de gas natural licuado, podría elevar el nivel de importaciones (Feijoo, et. al., 2016: 4).

El Plan Quinquenal citado contiene proyectos considerados como estratégicos para garantizar el desarrollo eficiente del sistema de transporte de gas e implica una expansión de 5,159 kilómetros de nuevos gasoductos con una inversión total estimada de 9,736 millones de dólares.

Revisando los presupuestos anteriores podemos señalar que:“… la reforma energética representa la construcción de un gran andamiaje político, económico y de infraestructura para los proyectos de explotación de este hidrocarburo (gas natural), promovido por el Gobierno Federal” (Mendívil y Niño, 2016: 6).

Es necesario reconocer que para ser coherentes con el papel proactivo que pretendemos asumir en materia de cambio climático y sustentabilidad, se requiere diseñar políticas públicas que incentiven el uso de energías renovables y avanzar en una efectiva descarbonización de la economía.

VI. Conclusiones [arriba] 

De cumplirse las expectativas de la reforma energética, solamente el aumento de producción de petróleo y gas previsto ocasionaría un incremento del 24% y 50% aproximado en las emisiones aportadas por nuestro país al planeta con respecto a lo emitido en 2013 y del 27% y 56% en el Inventario país, en 2018 y 2025 respectivamente, que corresponden a 416.3 y 511 MtCO2eq.

Esta es estimación es una aproximación meramente indicativa y muy conservadora del aumento que se podría presentar en las emisiones de gases de efecto invernadero, derivados de la reforma, ya que no se tomó en cuenta: el aumento de gas enviado a quemador por el incremento en la producción y las actividades en campos no convencionales, las emisiones fugitivas de metano durante todo el ciclo de vida de la fractura hidráulica de campos de lutita, la mayor producción de energía eléctrica y la actividad industrial promovidas por la disminución del costo del gas natural, tal como fue profusamente difundido en los spots publicitarios de la reforma, así como el aumento en la importación de gasolina.

Es factible, por tanto adicionar 500 MtCO2eq a la meta de emisión de 762 MtCO2eq comprometida por el gobierno de la República en las Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional para el período 2020-2030 INDC, meta equivalente a una reducción del 22% de la línea de escenario base, que fue proyectada sin tomar en cuenta los aumentos que se ocasionarán por la entrada en vigor de la reforma, tal como lo reconoce el Programa Especial de Cambio Climático 2014-2018.

Se vislumbra difícil y hasta imposible que México pueda cumplir con los compromisos de mitigación voluntarios no condicionados 2020-2030 que se formularon para presentarse a la ONU en la COP 21 y también se aleja la posibilidad de cumplir con las metas aspiracionales de la Ley General de Cambio Climático, con lo que este ordenamiento corre el riesgo de convertirse en letra muerta. 

Con la reforma energética, lejos de descarbonizar nuestra economía y transitar hacia las energías renovables, se fomenta el consumo e importación de gas natural, procedente de Estados Unidos, lo que nos coloca en una posición de gran vulnerabilidad ante nuestro vecino del norte. Esto se corrobora con las políticas y estrategias en materia de cambio climático y con los millonarios proyectos para expandir la capacidad de la Red Nacional de Gasoductos.

Así, La política energética fundada en la reforma energética no es coherente con la política en materia de cambio climático ya que promueve e incentiva la producción, importación y consumo de un combustible fósil como es el gas natural, con gran impacto por sus emisiones de metano, gas de efecto invernadero con un potencial de calentamiento 28 veces mayor al del bióxido de carbono.

Para ser congruentes con el papel proactivo que pretendemos asumir en materia de cambio climático y sustentabilidad, se requiere diseñar políticas públicas que incentiven el uso de energías renovables y avanzar en una efectiva descarbonización de la economía.

 

Bibliografía [arriba] 

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Notas [arriba] 

[1] Panel de expertos constituido por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Organización Meteorológica Mundial, galardonado con el Premio Nobel de la Paz en 2007
[2] Quinto informe de Evaluación del IPCC 2014
[3] Gases de efecto invernadero (GEI): Componentes gaseosos de la atmósfera, naturales y resultantes de la actividad humana, que absorben y emiten radiación infrarroja, lo que causa el efecto invernadero.
[4] No obstante que el artículo primero de esta Ley señala que es reglamentaria de los transitorios Décimo Séptimo y Décimo Octavo del Decreto de Reforma Constitucional, es importante anotar que en ella no se contemplan los criterios y las mejores prácticas en materia de eficiencia en el uso de recursos naturales y baja generación de residuos y emisiones, por lo que la autora del presente ensayo considera que la misma no cubre los objetivos del artículo transitorio Decimo Séptimo y continúa pendiente la emisión de una Ley que regule estos en el sector energía.
[5] Gobierno de la República, “Reforma Energética”. Disponible en http:// consulmex.sre.gob.mx/littlerock/images/stories/PDF/re.pdf (consulta: 10.06.2015
[6] El valor de producción corresponde a 2013. En el Boletín de Prensa núm. 83 del 22 de agosto de 2014, la aún empresa paraestatal reconoció cifras erróneas en la producción de crudo debido al contenido de agua en el hidrocarburo, sin embargo, los objetivos de la reforma así como la referencia de producción base no han sufrido ajuste alguno. En www.pemex.com (consulta: 30 de abril de 2015).
[7] Venteo directo a la atmósfera o envío a quemador.
[8] Ponencia dictada por la Maestra María Eugenia Calderón Porter, de la Texas A&M International University, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México, Diplomado de Energía, 16.11.2016.
[9] 3.5 billons pound of Carbon Dioxide que equivalen a 1 millon 587.6 mil toneladas de Bióxido de carbono.
[10] Artículo SEGUNDO transitorio de LGCC, Diario Oficial de la Federación 6.06.2012
[11] En La LGCC no se define el término energías limpias
[12] Inteded Nationally Determined Contributions, atendiendo al compromiso internacional de que previo a la Conferencia de las Partes COP 21 de la Convención Marco de Cambio Climático todas las partes diseñarían acciones y compromisos para el acuerdo global vinculante de reducción de emisiones a efectuarse en París 2015.
[13] El carbono negro, componente del hollín, es producto de la quema incompleta de combustibles fósiles, así como la quema de leña, residuos agrícolas, urbanos e industriales y en incendios. Se clasifica como contaminante climático de vida corta (CCVC) ya que , tiene un periodo de vida corto en la atmósfera, medido en horas o semanas, pero puede impactar el cambio climático por su capacidad para absorber grandes cantidades de energía. https://www.go b.mx/inecc /acciones -y-programas/c onta minantes- climat icos-de-vida-corta
[14] Escenario de línea base: “Business As Usual” de proyección de emisiones basadas en un crecimiento económico en la ausencia de políticas de cambio climático, tomando como punto de partida el inventario del año 2013 (primer año de ejecución de la LGCC). No existe evidencia de que en estos escenarios se haya considerado el aumento de emisiones derivado de la reforma energética
[15] No se especifica a qué compuestos se refiere esta emisión.



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