Legislación Ambiental
• Decreto 326/19
El Decreto 326 crea la Reserva Natural Silvestre “La Ascensión”, situada en la Ciudad de Colonia Leandro N. Alem, Departamento Lago Buenos Aires, Provincia de Santa Cruz, que consta de una superficie de 14.826 hectáreas.
La Reserva Natural Silvestre fue donada con cargo al Estado Nacional por la Fundación Flora y Fauna Argentina, la cual fue aceptada por la Administración de Parques Nacionales (APN) mediante Resolución 119/19.
• Decreto 327/19
En virtud del Decreto 327 se crea la Reserva Natural Silvestre “Piedra del Fraile”, situada en la Localidad Zona Norte del Río Santa Cruz, Departamento Lago Argentino, Provincia de Santa Cruz, que consta de una superficie de 5.005 hectáreas.
La Reserva Natural Silvestre, donde funciona el establecimiento ganadero “Ricanor”, fue donada con cargo al Estado Nacional por el Sr. Pedro Alberto Friedrich, en su carácter de fiduciario del Fideicomiso los Glaciares.
• Decreto 447/19
A partir de la aprobación del Decreto 447, queda derogado el Decreto 1638/12 que reglamentaba el artículo 22 de la Ley 25.675 en materia de seguro ambiental obligatorio. En consecuencia, aquellas personas humanas o jurídicas, públicas o privadas que realicen actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas o sus elementos constitutivos, deberán contratar, a elección: 1) Seguro de Caución por daño ambiental de incidencia colectiva; 2) Pólizas de Seguro con transferencia de riesgo; u 3) Otros Instrumentos Financieros o Planes de Seguro que sean aprobados por la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la Superintendencia de Seguros de la Nación.
• Decreto 504/19
El Decreto 504 designa a la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SGAyDS) como autoridad de aplicación de los acuerdos internacionales ambientales suscriptos por la República Argentina, referentes a materias de su competencia en el ámbito nacional, incluyendo los convenios de Basilea, Estocolmo, Rotterdam y Minamata, debiendo coordinar su accionar con los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asimismo, el Decreto crea la Mesa Interministerial de Sustancias y Productos Químicos en el ámbito de la SGAyDS, la que tendrá por objeto coordinar acciones entre las distintas áreas de gobierno con miras a lograr una gestión racional de sustancias químicas.
• Resolución 146/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable
La Resolución 146 asigna y transfiere fondos al Fondo Fiduciario para la protección de los Bosques Nativos (FOBOSQUE) y establece que dichos fondos se aplicarán para integrar la Cuenta Fondo Nacional para el Enriquecimiento y Conservación de los Bosques Nativos, con destino a los efectos previstos en el artículo 35 y modificatorias de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Bosques Nativos.
• Resolución l89/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable
La Resolución 189 implementa la “Estrategia Nacional de Gestión Sustentable de Residuos Especiales de Generación Universal” (REGU) establecida por Resolución 522/2016, mediante la creación de Sistemas de Gestión. Quedan comprendidos por la Resolución 189, los Sistemas de Gestión Sustentable de REGU presentados por productores, organización, instituciones, municipios y jurisdicciones, siempre que exista interjurisdiccionalidad, o un eventual movimiento transfronterizo de residuos en alguna de las etapas de gestión.
Los Sistemas de Gestión Sustentable de REGU serán presentados ante la SGAyDS, la que deberá publica los mismos en el Boletín Oficinal, a fin de que las autoridades competentes locales tomen intervención.
• Resolución l97/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Mediante la Resolución 189 se crea el procedimiento de “Régimen Simplificado (RS) para Generadores Menores” de residuos peligrosos en los términos de la Ley 24.051, cuyas actividades de manipulación, transporte, tratamiento y/o disposición final se desarrollen conforme el Plan de Gestión previsto en el Anexo I. Se encuentran alcanzados por la Resolución los generadores comprendidos dentro de los rubros listados en el Anexo II, que generen en forma exclusiva los residuos allí detallados.
La solicitud del Certificado Ambiental Anual (CAA) debe realizarse mediante la presentación de una Declaración Jurada en la plataforma TAD, según lineamientos del Anexo III. Asimismo, la renovación del CAA se realizará mediante la presentación de una Declaración Jurada en la plataforma TAD, debiendo gestionarse al menos 30 días antes de su vencimiento. El contenido del CAA para generadores menores se encuentra regulado bajo el Anexo V.
• Resolución 238/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Por medio de la Resolución 238 se crea en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el “Sistema Integral de Gestión de Garantías Ambientales” (SIGGA) como herramienta obligatoria para las compañías de seguros que comercializan el seguro ambiental en el marco del artículo 22 de la Ley 25.675. Asimismo, ordena adoptar de manera progresiva el régimen de “Póliza Electrónica” para el seguro ambiental obligatorio, conforme el artículo 25.3 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora aprobado por Resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación 38.708/14 y modificatorias.
• Resolución 192/19 de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental
A través del dictado de la Resolución 192, se crea el Listado Nacional de Sustancias Químicas Existentes, Restringidas y Prohibidas en el ámbito de la Dirección de Sustancias y Productos Químicos de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental dependiente de la SGAyDS. El objetivo será llevar un adecuado registro de la totalidad de las sutancias químicas presentes en nuestro país y de las restricciones que las afecten, a fin de facilitar la aplicación de la normativa nacional y el cumplimiento de los compromisos ambientales internacionales asumidos por la República Argentina.
• Resolución 267/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable
La Resolución 267 aprueba el Plan Nacional de Restauración de Bosques Nativos, cuyos objetivo general es el de promover la restauración recuperación y rehabilitación de los bosques nativos en la Argentina.
• Resolución Conjunta 1/19 de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable y el Ministerio de Transporte
La Resolución Conjunta 1 aprueba los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos de obras o actividades que se emplacen e en Puerto de Buenos Aires, y que sean susceptibles de degradar significativamente el ambiente o alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la población.
• Resolución 113/19 de la Administración de Cuenca Matanza-Ricahuelo (ACUMAR)
La Resolución 113 de la ACUMAR declara la apertura del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” regulado bajo el Anexo V del Decreto 1172/03, en relación con el proyecto de Resolución a ser aprobado por el Consejo Directivo referido a la modificación de la Resolución ACUMAR 46/17, y con el proyecto de Disposición a ser aprobado por la Dirección General Ambiental, relativo a la “Reglamentación de la Resolución ACUMAR 46/17 y sus modificatorias”.
A tales fines, los expedientes electrónicos de los proyectos normativos se encuentran disponibles para su consulta en la sede ACUMAR sita en Esmeralda 255, PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas. La Resolución invita a toda persona humana o jurídica, pública o privada, a participar del proceso normativo. A tales fines, se habilita el Registro de Opiniones y Propuestas en el ámbito de la ACUMAR.
• Disposición 55/19 de la Administración de Cuenca Matanza-Ricahuelo (ACUMAR)
Mediante la Disposición 55/19, la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) aprueba la reglamentación del artículo 8 de la Resolución ACUMAR 12/19 sobre “Información de Modificaciones Significativas y Emergencias”, “Modificaciones Significativas” y “Emergencias”, la cual obra bajo Anexo I. Asimismo, la Disposición aprueba la reglamentación del artículo 16 de la Resolución ACUMAR 12/19, la que se incorpora bajo Anexo II, referida a “Vuelcos Discontinuos y Periódicos” y “Denuncia de Vuelco de Efluente Líquido”.
Finalmente, la Disposición crea una plataforma web pública denominada “Mapa de Alertas y Vuelcos de Establecimientos (MAVE)”, a la cual se podrá acceder desde la página web de ACUMAR, y en la cual se mostrarán georreferenciados los datos informados mediante los Anexos I y II.
• Disposición 65/19 de la Administración de Cuenca Matanza-Ricahuelo (ACUMAR)
Mediante la Disposición 65/19, la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR) aprueba la reglamentación del artículo 24, tercer párrafo de la Resolución ACUMAR 12/19 sobre “Dependencias Públicas o Establecimientos Educativos o Médico-Asistenciales de Naturaleza Pública o Privada”
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• Ley 6.165
La Ley 6.165 adhiere a la Ley Nacional 27.424 que establece el régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica.
• Resolución 816/19 del Ministerio de Ambiente y Espacio Público
Mediante la Resolución 816, el Ministerio de Ambiente y Espacio Público prohíbe la utilización, entrega y/o expendio de sorbetes plásticos de un solo uso en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. De un modo inmediato está prohibido ofrecer o colocar sorbetes plásticos de un solo uso a la vista del cliente. A partir de los 6 meses de entrada en vigencia de la Resolución, no se permite la utilización, entrega y expendio de sorbetes plásticos de un solo uso. Dichas restricciones se aplican a comercios, hoteles, shoppings y galerías comerciales, locales con concurrencia de público de más de 300 personas por evento, y establecimientos pertenecientes a una cadena comercial.
• Ley 15.141
La Ley 15.141 declara paisaje protegido de interés provincial a la zona de Desarrollo Eco-Turístico ubicada en la localidad de Arenas Verdes en el partido de Lobería. El objeto de la Ley es la conservación y preservación de la Localidad de Arenas Verdes y sus zonas adyacentes de playa y dunas, propiciando el desarrollo sustentable del ecosistema a través del resguardo de especies propias de la región y de los recursos naturales y culturales que se encuentran en ella, principalmente el sistema costero de playas y dunas, las masas forestales y su desarrollo urbanístico.
• Decreto 365/19
El Decreto 365 aprueba el Acuerdo Marco suscripto entre la Autoridad del Agua (ADA y la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE), suscripto el 13 de enero de 2017. Asimismo, se aprueba el Convenio Específico para la Implementación de Imágenes Satelitales de Alta Resolución en la Gestión de los Recursos Hídricos de la Provincia de Buenos Aires.
• Ley XI – N° 70
La Ley provincial XI – N° 70 prohíbe en todo el ámbito provincial la importación, introducción, tenencia con fines de comercialización, fabricación, fraccionamiento, distribución, transporte y aplicación, ya sea por tierra o aérea, del herbicida glifosato en todas sus variantes, así como de productos que tengan como base o principio activo el glifosato.
• Ley 6.495
Mediante la Ley 6.495 se modifica el Anexo de la Ley 5.067 sobre Ecología e Impacto Ambiental y el Artículo 6 y 14 del Decreto 212/01, que establecen las competencias y facultades del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA), a fines de regular la industria celulósica y papelera, la industria de tableros y pellets, y la actividad industrial de biomasa para la generación de energía.
• Ley 6.496
La Ley 6.496 declara de interés provincial con carácter estratégico para el desarrollo de la economía local, la industria celulósica y papelera, la industria de tableros y pellets, y la actividad industrial de biomasa para la generación de energía.
• Ley 6.126
La Ley 6.126 declara de interés provincial y dispone la ampliación de los proyectos denominados Cauchari Solar I, Cauchari Solar II y Cauchari Solar III para la construcción de plantas de generación de energía fotovoltaica en la zona de la Puna establecida por Decreto 1237-ISPTyV-2016. Asimismo, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a obtener el empréstito necesario para la ampliación en 200 MW de potencia de las Plantas fotovoltaicas enumeradas, y hasta la suma de trescientos millones de dólares estadounidenses (U$S 300.000.000).
• Resolución 183/19
La Resolución 183 crea el Procedimiento de Evaluación Técnica Ambiental para loteos, urbanizaciones e infraestructuras de servicios ya ejecutados a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución, con el objetivo de regularizar su situación ambiental, quedando incluidas aquellas urbanizaciones, loteos, infraestructuras de servicios y demás proyectos asociados ejecutados sin Factibilidad Ambiental, y que a criterio de la autoridad de aplicación reúnan los requisitos necesarios para ello. El procedimiento tendrá vigencia por 1 año a partir de la entrada en vigencia de la Resolución.
• Ley 3.588
Con la sanción de la Ley 3.588, la provincia de Santa Cruz adhiere a la Ley Nacional 26.190 sobre Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía, y su modificatoria, Ley Nacional 27.191. La autoridad de aplicación de la Ley es el Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz (IESC).
La Ley obliga a todas las empresas generadoras de energía de fuentes renovables que operan en la provincia, a remitir anualmente al IESC la información estadística de su producción, así como todos los detalles técnicos que la autoridad requiera, a fin de generar una base de datos sobre los recursos energéticos renovables provinciales. Además, la Ley crea el Instituto Provincial de Energías Renovables (IPER), dependiente del IESC, cuyos objetivos serán el estudio, investigación, propagación, promoción, desarrollo y elaboración de proyectos para la producción y comercialización de energías.
• Ley 3.651
La Ley 3.651 de la provincia de Santa Cruz declara que los recursos naturales provinciales, tales como los yacimientos hidrocarburíferos, líquidos y gaseosos, fósiles y minerales como el carbón u otros, incluyendo los turísticos e hídricos, más los correspondientes por plataforma marítima continental; no pueden ser considerados como toma de garantías de bienes de cambio en las operaciones financieras que lleve adelante el Gobierno Nacional con organismos y entidades, en las formas de toma de empréstitos, deuda, emisión de bonos del tesoro nacional u otros afines de intereses foráneos y extranjeros; en base a lo establecido por el artículo 124 de la Constitución Nacional, los artículos 234, 235 y 236 del Código Civil y Comercial de la República Argentina, y la Ley Nacional 26.197.
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