Doctrina
Título:El impacto del cambio climático en los derechos de la infancia
Autor:Castellano, M. Silvina
País:
Argentina
Publicación:Revista Iberoamericana de Derecho Ambiental y Recursos Naturales - Número 28 - Julio 2018
Fecha:18-07-2018 Cita:IJ-DXXXVI-590
Índice Voces Relacionados Ultimos Artículos
Cambio Climático y Derechos Humanos
Niñez y perspectivas de género en relación al Cambio Climático
Los efectos del Cambio Climático a la luz de la Convención de los Derechos del Niño
Conclusiones
Bibliografía
Notas

El impacto del cambio climático en los derechos de la infancia

María S. Castellano

Cambio Climático y Derechos Humanos [arriba] 

Por cambio climático, se entiende “el calentamiento global observado en la superficie terrestre a causa del incremento registrado en la atmósfera de ciertos gases que contribuyen al llamado efecto invernadero”.[1]

Sin embargo, para poder comprender de manera adecuada al sistema climático, este debe considerarse bajo una visión holística.

Es decir, que “El clima es consecuencia del vínculo que existe entre la atmósfera, los océanos, las capas de los hielos (criósfera), los organismos vivientes (vinculados a la biósfera), y los suelos, sedimentos y rocas (geósfera)”.[2]

Respecto de los efectos del calentamiento global son “los cambios sociales y ambientales causados directa o indirectamente por las emisiones humanas de gases de efecto invernadero”.[3]

Existe consenso científico respecto de la presencia de una crisis climática mundial y es producida por actividad humana.[4]

El cambio climático es hoy una de las amenazas más graves para el pleno disfrute de los derechos humanos.[5]

En este sentido, el 5° informe del panel intergubernamental de expertos sobre el cambio climático concluyó, desde un ángulo científico, en que el cambio climático es el resultado de la acción humana y requiere una respuesta inmediata para evitar que siga progresando.[6]

La cuestión del clima introduce la cuestión de la temporalidad y es una perspectiva de cambio histórico evolutivo que incluye procesos de corta, mediana y larga duración. O sea que es una perspectiva de cambio histórico-evolutivo.[7]

También, se ha dicho que: “El cambio climático es un fenómeno global de índole planetaria tanto en sus causas, como en sus efectos y, por ello, reclama la atención por parte de todos los poderes públicos”.[8]

El impacto del cambio ya lo están sufriendo las generaciones actuales, no solo las futuras, lo cual es un mito.[9]

El cambio climático está causando paulatinamente un aumento de las temperaturas, del nivel del mar y de la frecuencia e intensidad de los desastres medioambientales.

Distintos fenómenos climáticos pueden tener efectos diferentes en los diversos derechos humanos, por ejemplo:

1) El calentamiento terrestre afectará la disponibilidad de agua fresca, básicamente debido a cambios en la distribución e intensidad de las precipitaciones.

2) El aumento de la temperatura superficial del planeta también aumenta la prevalencia de enfermedades transmitidas por vectores y mosquitos como la malaria, el dengue o el zika; además de infecciones respiratorias agudas y desnutrición.

Estos cambios climáticos perturban tanto el derecho a la vida como al derecho a la salud, y dificultan el acceso al agua potable que es un derecho humano.

En este marco, es que toma relevancia el concepto de la vulnerabilidad social la cual, “ante amenazas naturales se entiende como el nivel específico de exposición y fragilidad que sufren los grupos humanos asentados en un lugar ante ciertos eventos peligrosos, en función de un conjunto de factores socioeconómicos, institucionales, psicológicos y culturales”.[10]

Entonces, el cambio climático de modo incuestionable menoscaba los derechos humanos de la población mundial. Sin embargo, hay quienes aún con incredulidad afirman que desvanecer esta problemática sería imposible, porque demandaría un esfuerzo económico insoslayable. Ante esta situación, Mario Molina, Premio Nobel de Química, se ha manifestado indicando que: “resolver el cambio climático costaría tan solo un 1% o 2% del PBI mundial”.[11]

Niñez y perspectivas de género en relación al Cambio Climático [arriba] 

Los Estados Parte del Acuerdo de París, firmado en 2015, entre ellos Argentina, se han comprometido a tener en cuenta “en sus obligaciones respectivas a los derechos humanos, el derecho a la salud, el derecho de los pueblos indígenas, comunidades locales, inmigrantes, niñez…”.[12]

Respecto de esto último, la situación de la niñez ante el cambio climático resulta sumamente alarmante.

Del Acuerdo citado se desprende que es una obligación de los Estados Parte adoptar un rumbo basado en los derechos humanos, por lo cual es menester que incluyan a la niñez en el centro y “el corazón de sus políticas climáticas”.[13]

En la Conferencia COP 23[14] que se llevó a cabo en Bonn, Alemania, que fue la segunda conferencia mundial sobre cambio climático desde la formulación del Acuerdo de París, se ha promovido la imperiosa necesidad de generar nuevas medidas de acción para garantizar los derechos de la infancia y especialmente de las niñas, que son el grupo más desfavorecido por el cambio climático.

Como consecuencia, “las niñas y las adolescentes, que ya enfrentan por sí a una doble discriminación por género y por edad, son especialmente vulnerables de sufrir explotación, violencia física y sexual, matrimonio infantil o embarazos tempranos”.[15]

“La vulnerabilidad es un concepto central para predecir y entender la existencia de impactos diferenciados en los distintos grupos de una sociedad, por cuanto las características internas de los elementos expuestos a las amenazas los hacen propensos a sufrir daños al ser impactados por estas”.[16]

Es decir que, “el cambio climático puede exacerbar las inequidades de género existentes. El agotamiento de los recursos naturales y la disminución de la productividad agrícola pueden suponer una carga adicional sobre la salud de las mujeres y las niñas y reducir el tiempo disponible para participar en la toma de decisiones y actividades generadoras de ingresos”.[17]

Al instituir un vínculo entre el cambio climático y las relaciones de género, “lo que se plantea es que las inequidades de género son un ámbito esencial de la vulnerabilidad y esta es clave para la definición de la intensidad del riesgo frente al cambio climático”. (Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza, 2007).[18]

Todo esto agranda cada vez más las diferencias entre niños y niñas, llegando a restringir los derechos de las jóvenes y obstaculizando su derecho a la educación, ya que “Los roles de género desempeñan un papel relevante en el incremento del riesgo”.[19] Sin embargo, no se suelen tener en cuenta en las políticas públicas.

Muchos niños no logran completar su educación, debido a que la calidad de las escuelas resulta deficiente y a los persistentes problemas causados por el agravamiento de las situaciones de pobreza, las inequidades de género y las situaciones de emergencia.[20]

“En este milenio, una paradoja trágica es la peor amenaza para la infancia desde una perspectiva de todo el mundo”.[21]

Los efectos del Cambio Climático a la luz de la Convención de los Derechos del Niño [arriba] 

La Convención de los Derechos del Niño de 1989 es uno de los primeros tratados de derechos humanos donde se incluyen referencias al medio ambiente.[22]

En su preámbulo, la Convención establece que el entorno natural merece protección para el crecimiento y el bienestar de los miembros de la sociedad, y en particular, de los niños.

El art. 24 de la Convención se refiere al derecho a la salud y añade que se debe proporcionar información que ayude a que los niños se mantengan sanos.

El art. 29 destaca al cuidado del medio ambiente como uno de los objetivos de la educación infantil.

A medida de que se leen los derechos incluidos en la Convención, se concluye en que la gran mayoría de los derechos del niño se ven afectados por el calentamiento global.[23]

En los casos de inundaciones, esta situación ha llevado a la anulación del suministro de agua subterránea en varios lugares. “Por ejemplo, habida cuenta que, en las cercanías de la Ciudad de La Plata, el agua del Rio de la Plata, está sumamente contaminada, se recurre a agua de pozos. Sin embargo, en algunos casos, la contaminación producida por la vecindad con “pozos negros”, ha llevado a tan alto nivel de contaminación con nitritos y nitratos, que esa agua subterránea no es apta para el consumo. Ella afecta muy particularmente a los infantes, cuyo rechazo a los derivados del Nitrógeno es total. Además, acuíferos como El Puelche, ya están gravemente contaminados”.[24]

De acuerdo con lo expresado por el ex Premio Nobel de la Paz Osvaldo Canziani, se ha demostrado que el consumo a largo plazo de agua contaminada con niveles elevados de sustancias químicas puede llegar a producir casos más extremos casos agresivos de cáncer e incluso hasta carcinoma de vejiga. Estas sustancias también se encuentran ligadas a algunos casos de abortos espontáneos y defectos de nacimiento.[25]

Los trabajos médicos demuestran que los infantes son más afectados que otros por la exposición a los rayos solares, por la incidencia de las radiaciones ultravioletas, lo que prolongadamente puede llevar a producir cáncer de piel.

Los niños son el “mayor grupo de víctimas de estas enfermedades porque la falta del desarrollo de su sistema inmunológico y la inmadurez de sus órganos, y de su metabolismo hace más fácil para bacterias y virus alojarse en sus cuerpos”.[26]

Los más pequeños también “son los que tienen mayor probabilidad de deshidratarse y de sufrir de hipertermia e, incluso, de morir por un golpe de calor, ya que tardan más tiempo que los adultos en autorregular su temperatura corporal y tienen menor conciencia del peligro que suponen las olas de calor para supervivencia; por lo que no buscan protección tan rápidamente como los adultos”. [27]

Es menester recalcar que los niños tienen derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, de acuerdo con el art. 24 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

La salud es un derecho fundamental indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos. En el caso de los niños, la falta de salud interfiere con el derecho a la educación, el derecho a jugar y muchos otros derechos.[28]

Los factores que “contribuyen a agravar el calentamiento global, también dañan la salud de los niños. Este es el caso de las emisiones de gases de vehículos y fábricas”.[29]

Según UNICEF, “la calidad del entorno es un factor determinante para que el niño sobreviva su primer año de vida”.[30]

De ello, podemos inferir que: “La protección de la infancia hace indispensable que dediquemos tiempo y esfuerzo a la búsqueda permanente de textos, recomendaciones científicas y alegatos que propendan al mejoramiento de la calidad de vida de la infancia en todas partes del mundo”.[31]

El impacto en la salud de niños y niñas de la contaminación del aire comienza en el vientre materno y está asociada con los partos prematuros, el bajo peso al nacer y mayores estancias hospitalarias después del nacimiento. Produce retrasos cognitivos, aumento de riesgo de contraer neumonía, problemas respiratorios y asma.[32]

También, se ha señalado por parte del Comité de los Derechos del Niño la responsabilidad que tienen las empresas en la contaminación y en la degradación ambiental, las cuales comprometen la salud, seguridad alimentaria, higiene y acceso al agua potable de niños y adultos.[33]

En la Convención de los Derechos del Niño, el derecho a una vivienda adecuada está consagrado dentro del derecho a un nivel de vida adecuado, en su art. 27.

En forma periódica, “millones de niños se ven obligados a emigrar y a vivir en casas precarias o sin techo debido a los efectos del cambio climático”.[34]

Argentina no está exenta de esta situación. “El noroeste y la región de Cuyo están en la mira de los expertos en sismos”.[35]

Con respecto al Derecho a la Educación, “es tan importante como la salud en el contexto del cambio climático: los niños bien educados están mejor dotados para reconocer de antemano las amenazas”.[36]

“La educación es tal vez la única disciplina humana para contribuir con una luz que ilumine a las nuevas generaciones, involuntarias herederas inocentes de los errores de sus antepasados”.[37]

De acuerdo a un informe presentado por UNICEF, “mientras que los niños se encuentran entre los grupos más vulnerables al cambio climático, no hay que considerarlos como víctimas pasivas o impotentes. Por medio de la educación, la elaboración de proyectos y las acciones, los niños pueden contribuir a todos los aspectos de la formulación de políticas, la mitigación y la adaptación en relación con el cambio climático. Los niños son poderosos agentes en favor del cambio”.[38]

UNICEF nos advierte que suele haber una relación bastante estrecha entre el descenso del acceso a los niños a la educación por consecuencias del cambio climático y la ruptura de familias y de estructuras sociales y económicas.

Una consecuencia indirecta de los fenómenos climáticos extremos son las rupturas familiares, derivadas de una migración forzada, de la pobreza, de una nueva ubicación del hogar familiar, cuando la situación familiar cambia.[39]

“La exacerbación de eventos extremos activa procesos que conducen a malnutrición, falta de agua segura, relaves, inundaciones y sequías con todas sus implicaciones. Estas circunstancias suelen activar las migraciones hacia centros poblados, desarrollando villas de emergencia (favelas, barriadas, etc.) constituyen focos adicionales de contagio, particularmente debido a la falta de servicios sanitarios y a la carencia de agua segura”.[40]

Por ejemplo, muchas veces determinadas infraestructuras como caminos, puentes, se ven afectados en las rutas nacionales por temporales o inundaciones. Esto impide a los niños de las zonas más rurales acceder a un derecho tan básico como recibir clases todos los días o ir a la escuela.

Una razón muy común de falta de asistencia a la escuela es el deterioro de la salud infantil y del estado nutricional, ya que “un niño hambriento no es capaz de seguir una clase”.[41] Además, la malnutrición puede producir un daño en el cerebro infantil irreparable.

Por otro lado, respecto de los derechos de participación, tiene que ver con “dar voz a las víctimas del calentamiento global del planeta”. Al centrarse en los niños como titulares de derechos, la responsabilidad de dejar un margen de participación recae sobre el Estado.[42]

En este sentido, el acceso a la información es un componente básico de la lucha contra el cambio climático. Debería suministrarse en las escuelas información sobre cómo manejarse y sobrevivir al cambio climático.

Por último, a nivel regional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido que el derecho a la vida familiar se puede violar por daños ambientales graves que impiden su disfrute.

Se puede citar la sentencia LOPEZ OSTRA C/España, año 1994, relativo a una planta de tratamiento de aguas residuales construida al lado de una casa familiar. En este caso, se ha demostrado cómo la intensa actividad de una fábrica afectaba el normal desenvolvimiento de una vida familiar.

“Una de las enfermedades de nuestra sociedad que está llevando al mundo a una posible autodestrucción, es haber abandonado la protección de la célula de la sociedad: la familia”.[43]

“La familia es la base de la sociedad, y el lugar donde las personas aprenden por primera vez los valores que los guiarán durante toda su vida” (Juan Pablo II).[44]

Conclusiones [arriba] 

En síntesis, el calentamiento global afecta los derechos de la infancia.

Habría que legislar, elaborando estrategias a futuro, teniendo en cuenta su vulnerabilidad en cuanto al cambio de los factores climáticos.

Se ha comprobado científicamente que el cambio climático repercute sobre la salud humana; sin embargo, el sector de la salud se encuentra poco preparado para enfrentar los efectos adversos del clima.

Los médicos deberán informarse de las proyecciones futuras de los cambios en el clima para así poder mejorar el diagnóstico de las enfermedades emergentes que pueden dañar a los infantes.

Para poder lograr la eficacia[45], hay que tener en cuenta que “definir políticas de adaptación al cambio climático implica tomar decisiones en contextos signados por la incertidumbre”.[46]

Enfrentar los vaivenes del cambio climático es una lucha que nos compete a todos, ya que “Construir un mundo mejor es construir una casa mejor para nuestros hijos”.[47]

Además, “La ciencia no habla ni de bien ni de mal. La solución al cambio climático es cuestión de valores, de ética, puesto que tenemos una gran responsabilidad con las próximas generaciones”.

En suma, es necesario actuar hoy, sin dilaciones y con la mayor celeridad posible, para proteger a las generaciones futuras y, de este modo, entre todos, poder construir una sociedad más justa.

 

Bibliografía [arriba] 

ALSO, GABRIEL. “Opinión: La familia y la cumbre del cambio climático en París”. file:///D :/Opin ión_%20L a%20 Fam ilia% 20y %20la %20Cum bre%2 0del%20 Cam bio%2  0climát ico%20en %20Parí s %20-%20 MisionesOn line.h tml.

AZCONA, MARÍA CRISTINA. “Vivamos en paz”. Ed. Cook Communication. EEUU. 2016.

BELLORIO CLABOT, DINO. “Derecho del cambio climático. Régimen jurídico de bonos e industrias limpias”. Ed. Ad Hoc. Bs. As. 2007.

CANZIANI, OSVALDO F. “La problemática ambiental y el cambio climático en la salud humana”. Artículo publicado por la Sociedad Argentina de Pediatría. 2011. http://www. sap .org.ar/ buscado r.php? q=ca nziani.

DE CASTRO, MANUEL. “Fundamentos, Escenarios y estrategias de mitigación del cambio climático”. http://w ww.fuh em.es/ media/e cos ocial/ file/ Boletin %20ECOS/ Bolet in %205  Fund amentos_ cam bio_clim atico_M. DE_CA STRO.pdf.

GONZALEZ, SANDRA. “El cambio climático desde una perspectiva de género”. http://lab.cc cb.org/es/ el-ca mbio -climatico-de sde-una-pers pectiva- de-gen ero/.

GUADAGNI, ALIETO ALDO, CUERVO, MIGUEL ANGEL. “El cambio climático. Un desafío mundial”. Ed. El Ateneo, Bs. As., 2017.

MARTI, ANGELA. “Resolver el cambio climático costaría tan solo un 1 o 2 % del PBI mundial”. http://ww w.unav. edu/web /vida-  universit aria/not icia_p ortad a7 /2018/0 6/07/m ario- molina:-% E2%80 %9Cre solver -el-ca mbio-cli matico-c ostaria-t an-s olo -un-1 -o-2-del-pib -mu ndial%E2 %80% 9D/-/ asse t_publis her/6Z6 j/conte nt/ 2 018_06_0 7_mari o-moli na/1 0174.

MOREIRA, ALBERTO CÉSAR. “Los fondos ambientales universales y el cambio climático global. Luces y sombras de una práctica del desarrollo sustentable”. En: “Cambio Climático. Aportes científicos interdisciplinarios para su debate en Argentina. Directora Aurora Besalú Parkinson”. Bs. As. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 1° ed., 2010.

MUTUAL, MARÍA CECILIA. “Papa: adoptar decisiones eficaces para contrastar cambios climáticos”. file:/// D:/Papa% 20ado ptar% 20deci siones%2 0eficaces% 20para% 20c ontrast ar%20 cam bios%20 climátic os% 20-%20 Vatica n%20Ne ws. htm.

NATENZON, CLAUDIA. “Estudios de problemas sociales vinculados con la dinámica del clima. Consideraciones desde el análisis del riesgo social. En: “Cambio Climático. Aportes científicos interdisciplinarios para su debate en Argentina. Directora Aurora Besalú Parkinson”. Bs. As. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 1° ed., 2010.

ODRIOZOLA, VERÓNICA. Coordinadora Regional de la ONG. "Salud sin Daño”. Publicado en Diario Clarín. Martes 11 Mayo 2010.

PLAN INTERNATIONAL. “Niñas y adolescentes, las más afectadas por el cambio climático”. https://plan-international.es/news/ 2017-11-06-ninas-y-adolescentes-las- mas-afectadas-por-el-cambio-climatico.

SANZ CABALLERO, SUSANA. “Los efectos del calentamiento global en los derechos del niño. Una perspectiva desde el derecho internacional”. bibl iotec acultura juridi ca.c om /bi blioteca/ arxi us/PDF/R EDI _VOL_L XV2...

SARASIBAR IRIARTE, MIREN. “El derecho ante el cambio climático”. http:// www.eu skonew s.com / 034 9zbk/gai a3 4902 es. html

SOARES, DENISE y MURILLO LICEA, DANIEL. “Gestión del riesgo de desastres, género y cambio climático. Percepciones sociales en Yucatán, México”. http://ww w.redaly c.org/ html /117/ 1172 982 3008/.

THOMAS BOHORQUEZ, JAVIER ENRIQUE. “Evaluación de la vulnerabilidad social en Manzanillo (Colima). Un aporte de método”. https://ww w. scienc edir ect.com / scien ce/artic le/pii/S 0188 461113 7277 05

UNICEF. “Educación sobre el Cambio climático y el medio ambiente”. file:///D :/UnicefNin ezyCambio Climatico CFS_ Clim ate_S_ Web_ final _25. 2.1 3.pdf

 

 

Notas [arriba] 

[1] DE CASTRO, MANUEL. “Fundamentos, Escenarios y estrategias de mitigación del cambio climático”. http://www .fuhem.e s/medi a/ ecos ocial /file/B oletin% 20EC OS/Bole tin%2 05/ Fundam entos_cambio _clim atico_M. DE_ CASTR O.pdf.
[2] BELLORIO CLABOT, DINO. “Derecho del cambio climático. Régimen jurídico de bonos e industrias limpias”. Ed. Ad Hoc. Bs. As. 2007. pág. 28.
[3] https://es.w ikiped ia.org/ wiki/ E fectos_po tenciales_del _calenta mien to_ global
[4] MOREIRA, ALBERTO CÉSAR. “Los fondos ambientales universales y el cambio climático global. Luces y sombras de una práctica del desarrollo sustentable”. En: “Cambio Climático. Aportes científicos interdisciplinarios para su debate en Argentina. Directora Aurora Besalú Parkinson” Bs. As. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 1° ed. 2010. pág. 59.
[5] LICON, YARIDVEL. “La falta de compromiso de Estados Unidos contra el cambio climático nos aproxima a una catástrofe”. https://www. amnist ia.org/ ve/blog/ 2017/0 6/2 747/el- cambio -climatic o-nos-a proxim a-a-un a-catast rofe.
[6] GUADAGNI, ALIETO ALDO, CUERVO, MIGUEL ANGEL. “El cambio climático. Un desafío mundial”. Ed. El Ateneo. Bs. As. 2017. pág. 15.
[7] NATENZON, CLAUDIA. “Estudios de problemas sociales vinculados con la dinámica del clima. Consideraciones desde el análisis del riesgo social. En: “Cambio Climático. Aportes científicos interdisciplinarios para su debate en Argentina. Directora Aurora Besalú Parkinson”. Bs. As. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 1° ed., 2010. pág. 71.
[8]SARASIBAR IRIARTE, MIREN. “El derecho ante el cambio climático”. http://www.e usko news.co m/ 0349z bk/gaia 34902 es .html.
[9] MARTI, ANGELA. Ob. Cit.
[10] THOMAS BOHORQUEZ, JAVIER ENRIQUE. “Evaluación de la vulnerabilidad social en Manzanillo (Colima). Un aporte de método”. https://ww w.scienc edirect.co m/scien ce /arti cle/pii /S018846 1113 727705
[11] MARTI, ANGELA. “Resolver el cambio climático costaría tan solo un 1 o 2 % del PBI mundial” http: //www .unav.e du/we b/vid a-unive rsitaria /noticia_p ortada 7/2018/ 06/07 /mario- molina: -%E2 %80 %9Cres olver-el- ca mbio- clima tico-costa ria-tan- solo-u n-1-o-2-del -pib- mu ndial %E2% 80%9D/-/ asset_publishe r/6Z6j/ content/ 2018_ 06_07_ mar io-m olina /10 174.
[12] SANZ CABALLERO, SUSANA. “Los efectos del calentamiento global en los derechos del niño. Una perspectiva desde el derecho internacional”. bi bliot ecacultur ajurid ica.com/b iblioteca /arxius/PD F/REDI _VO L_LX V2...
[13]SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[14] PLAN INTERNATIONAL. “Niñas y adolescentes, las más afectadas por el cambio climático”. https://pl an-inter national. es/news/20 17-11 -06-ni nas-y-adole scent es-las-mas-a fectada s-por- el-cam bio-c li matico.
[15] PLAN INTERNATIONAL. Ob. Cit.
[16] SOARES, DENISE y MURILLO LICEA, DANIEL. “Gestión del riesgo de desastres, género y cambio climático. Percepciones sociales en Yucatán, México”. http://ww w.redalyc. org/ht ml/117 /11729 82 3008/.
[17] UNICEF. Ob. Cit.
[18] SOARES, DENISE y MURILLO LICEA, DANIEL. “Gestión del riesgo de desastres, género y cambio climático. Percepciones sociales en Yucatán, México”. http://www .red alyc.org/h tml/117/ 117 29 823 008/
[19] GONZALEZ, SANDRA. “El cambio climático desde una perspectiva de género”. http://lab. cccb.org/es/el-c ambio-climati co-desde-una -pers pect iva-de-gen ero/.
[20] UNICEF. Manual de escuelas amigas de la infancia. “Educación sobre el cambio climático y el medio ambiente”. file:///D:/Un icefNinezy Cambi oCli matic oCFS_ Climat e_S_Web _fina l_25.2 .13. pdf.
[21] AZCONA, MARÍA CRISTINA. “Vivamos en paz”. Ed. Cook Communication. EE.UU. 2016, pág. 117.
[22] SANZ CABALLERO, SUSANA.
[23] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[24] CANZIANI, OSVALDO F. “La problemática ambiental y el cambio climático en la salud humana”. Artículo publicado por la Sociedad Argentina de Pediatría. 2011. http://www.s ap.org.a r/buscad or.php? q=can ziani.
[25] CANZIANI, OSVALDO. Ob. Cit.
[26] CANZIANI, OSVALDO. Ob. Cit.
[27] OBSERVATORIO SALUD Y MEDIO AMBIENTE. “Cambio climático y salud. Mayor impacto en los más vulnerables”. http://www .fundacion alternativ as.org/ public/ storage/pu blicacion es_archivos/  e0dde2355 38858647 795 2593b d7de6 d0.pdf
[28] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[29] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[30] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[31] AZCONA, MARÍA CRISTINA. Ob. Cit. pág. 80.
[32] OBSERVATORIO SALUD Y MEDIO AMBIENTE. Ob. Cit.
[33] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[34] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[35] BELLORIO CLABOT, DINO. Ob. Cit. pág. 87.
[36] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[37] AZCONA, MARÍA CRISTINA. Ob. Cit. pág. 50
[38]UNICEF. “Educación sobre el Cambio climático y el medio ambiente”. file:///D:/Uni cefNinezy CambioCli matico CFS_ C limate_ S_We b_final_2 5.2. 13.pdf.
[39] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[40] CANZIANI, OSVALDO. Ob. Cit.
[41] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[42] SANZ CABALLERO, SUSANA. Ob. Cit.
[43] AZCONA, MARÍA CRISTINA. Ob. Cit. pág. 54.
[44] ALSO, GABRIEL. “Opinión: La familia y la cumbre del cambio climático en París.” file:///D:/Opinió n_%20La %20 Familia% 20y% 0la%20Cu mbre% 20 del% 20Cambio% 20climát ico%20 en %20París% 20-%2 0Misione sOnli ne. html.
[45] MUTUAL, MARÍA CECILIA. “Papa: adoptar decisiones eficaces para contrastar cambios climáticos”. file:///D:/Pap %20a doptar% 20de cisione s%20ef icaces% 2 0para%20 contrasta r%20cam bios%20clim áticos%20- %20Va tican 20Ne ws.h tm.
[46] MERLINSKY, GABRIELA. “Desafíos para la gestión del cambio climático en la ciudad de Buenos Aires. Vulnerabilidad social, Gestión Ambiental y política hídrica. En: “Cambio Climático. Aportes científicos interdisciplinarios para su debate en Argentina. Directora Aurora Besalú Parkinson”. Bs. As. Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. 1° ed., 2010, pág. 52.
[47] AZCONA, MARÍA CRISTINA. Ob. Cit., pág. 59.